SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2022-S4

Fecha: 11-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.     Dentro del trámite 253/2017, sobre regularización del plano de Lote presentado por Mario y Juan Carlos, ambos García Flores, José Luis Cornejo Camacho, Topógrafo de Planificación del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya, mediante Informe DPLA 177/2018 de 2 de julio, informó al Director de Planificación y al Director de Urbanismo del mismo ente municipal, que  de acuerdo a los planos descritos en dicho informe, “existe sobreposición de lotes con ASARTI, la Sra. Adriana Viscarra y los hermanos García” (fs. 117).

II.2.     Por Resolución 001/2019 de 9 de enero, el Director Jurídico del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya, luego de analizar la oposición formulada por CONSARQ S.A., dispuso la prosecución del Trámite Municipal de “Regularización del plano de Lote”, signado con el número 253/2017, ordenando remitir los antecedentes a la Dirección de Urbanismo del ente municipal ya citado; recomendando a las partes acudir a la vía judicial a objeto de establecer el mejor derecho propietario; tomando en cuenta que, dicha entidad no establecía ni definía el derecho propietario (fs. 11 a 13 vta.).

II.3.     Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2019, Sergio Marcelo Arauz Aguirre, en representación legal de CONSARQ S.A., formuló recurso de revocatoria contra la Resolución 001/2019; el mismo que, fue resuelto a través de Resolución de 31 de diciembre de igual año, suscrita por el Director Jurídico y el Secretario Administrativo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya; por la que, decidieron confirmar en todas sus partes la Resolución impugnada, rechazando el recurso de revocatoria interpuesto por CONSARQ S.A. (fs. 17 a 19 vta. y 72 a 74 vta.).

II.4.     Mediante Resolución Ejecutiva 114/2019 de 20 de septiembre, el Director Jurídico del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya, resolvió aprobar el plano de Lote en el inmueble de propiedad de Mario y Juan Carlos, ambos García Flores; hoy solicitantes de tutela, ubicado en el Distrito 6, zona Collpapampa “La Floresta”, manzano R.U., considerada como área urbana del municipio de Tiquipaya (fs. 22).

II.5.     Por memorial de 27 de febrero de 2020, CONSARQ S.A., a través de su representante legal, interpuso recurso jerárquico contra la Resolución de 31 de diciembre de 2019, que corrido en traslado a la parte contraria (ahora accionante), fue respondido a través de memorial de 11 de marzo de igual año; con lo cual, se emitió la Resolución Ejecutiva Municipal 084/2020, suscrita por el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya; por la que, admitió el recurso jerárquico presentado por Sergio Marcelo Arauz Aguirre en representación legal de CONSARQ S.A., y consiguientemente revocó en su totalidad la Resolución de 31 de diciembre de 2019, que en recurso de revocatoria confirmó la Resolución 001/2019 de 9 de enero; disponiendo que, previo a realizar cualquier trámite administrativo de los terrenos que se encuentran con sobreposición, las partes acudan a la vía judicial a objeto de establecer el mejor derecho propietario; dado que, el citado ente Municipal, no definía derecho propietario alguno (fs. 2 a 6, 49 y vta.; y, 53 a 56 vta.).