SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2022-S4

Fecha: 24-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal que sigue María Elena Terrazas Terrazas –hoy accionante– contra Esteban Roberto Paco Machaca, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, el 28 de octubre de 2020, la nombrada accionante presentó memorial de objeción al rechazo de denuncia, generado mediante Resolución de rechazo 752/2019, pronunciada por la Fiscal de materia Silvia Antonia Quisbert Mamani –Autoridad demandada– (fs. 2 a 4 vta.).

II.2.  Ante dicho memorial, la Fiscal de materia demandada, pronunció decreto de 29 de octubre de 2020, señalando lo siguiente: “Téngase por objetada la Resolución de Rechazo y conforme a procedimiento remítase antecedentes ante la autoridad jerárquica…” (sic) (fs. 5).

II.3.  Cursa memorial presentado el 3 de diciembre de 2020; en el que, la ahora accionante solicitó al Juzgado de Instrucción, Anticorrupción y contra la Violencia Hacia las Mujeres Segunda de El Alto del departamento de La Paz, se ordene a la Fiscal de materia Silvia Antonia Quisbert Mamani, remita los antecedentes de su objeción al rechazo de denuncia, en cumplimiento a lo establecido en el art. 305.II del Código de Procedimiento Penal (CPP) y la remisión de antecedentes al Fiscal Sumariante (fs. 7 a 8).

II.4.  En atención al mencionado memorial, la Jueza  de Instrucción, Anticorrupción y contra la Violencia Hacia las Mujeres Segunda de El Alto del departamento de La Paz, por Decreto de 3 de diciembre de 2020, ordenó que en vía de control jurisdiccional, se notifique al Representante del Ministerio Público asignado al caso en cuestión; a efecto de que, en el plazo de 48 horas, informe sobre los extremos manifestados en el citado escrito, bajo pena de responsabilidad en caso de incumplimiento (fs. 9).