SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2022-S3
Fecha: 23-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Vilma Arancibia Sandoval en representación legal de Miguel Carrillo Peralta contra Guinter Netzlaff, Ciro Peña Viveros y Sara Esther de los Ríos Fernández, se pronunció en revisión la SCP 1005/2015-S2 de 14 de octubre, mediante la cual se confirmó en todo la Resolución 02/2015 de 30 de abril, concediéndose la tutela impetrada respecto a la Comunidad “Nueva Esperanza 12 de julio”, por haber sido avasallada (fs. 6 a 16).
II.2. Por memorial presentado el 12 de julio de 2018, Dora Sandoval Cruz en representación de la comunidad “Nueva Esperanza 12 de julio” -ahora la parte peticionante de tutela-, interpusieron demanda de nulidad del Título Ejecutorial MPE-NAL-002828 de 16 de febrero de 2016, a favor de la “Empresa Agrícola y Ganadera Tacuari S.R.L.” -ahora tercero interesado-, pidiendo que se disponga reencausar el proceso de saneamiento (fs. 27 a 47 vta.).
II.3. Mediante Sentencia Agroambiental Plurinacional S2ª 045/2020 de 27 de noviembre, los Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental -ahora accionados- declararon improbada la demanda de nulidad de Título Ejecutorial, interpuesta por la parte accionante, dejando en consecuencia firme y subsistente el Título Ejecutorial MPE-NAL-002828, correspondiente a la propiedad denominada “Sion” cuyo titular es la “Empresa Agrícola y Ganadera Tacuari S.R.L.” (fs. 209 a 226 vta.).
Sentencia que fue notificada el 7 de diciembre de 2020, a la parte accionante, mediante cédula fijada en tablero de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental (fs. 227).