SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0456/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0456/2022-S3

Fecha: 23-May-2022

II.   CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa demanda de “junio de 2017” sobre regularización de unión libre interpuesta por Elvira Quinn -ahora tercera interesada- contra Miguel Espinoza Cusicanqui -hoy accionante- (fs. 25 y vta.), la cual fue subsanada mediante escrito presentado el 19 de julio de igual año (fs. 28), y admitida por Auto de 20 del mismo mes y año (fs. 29).

II.2.    Mediante Sentencia 521/2019 de 23 de octubre, el Juez Público de Familia Sexto de la Capital del departamento de La Paz declaró improbada la demanda de reconocimiento de unión libre (fs. 298 a 299 vta.).

II.3.    Elvira Quinn -hoy tercera intereada- formuló recurso de apelación el 19 de noviembre de 2019 contra la Sentencia 521/2019 (fs. 354 a 362 vta.), el cual fue contestado por escrito presentado el 30 de diciembre de igual año por el accionante (fs. 382 a 385 vta.).

II.4.    Consta Auto de Vista S-409/2020 de 12 de octubre emitido por Jorge Adalberto Quino Espejo y Eddy Arequipa Cubillas, Vocales de la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy accionados-, que revocó la Sentencia “305/2019 de 23 de octubre” -siendo lo correcto 521/2019 de 23 de octubre-, declarando probada en parte la demanda de reconocimiento de unión libre o de hecho, reconociendo ésta desde el 12 de enero de 1988 hasta el 4 de octubre de 1999 (fs. 414 a 417).