SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2024-S4
Fecha: 24-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. El Certificado: CERT.SERV.DOC. 058/2021 de fecha 28 de julio; demuestra que Ángel Vargas Vargas –solicitante de tutela– ingresó a trabajar como docente en la UMSA desde el 1 de julio de 1996 (fs. 122 a 126).
II.2. Así también a través de los documentos: Cert. Esc. Adm. CERT. 32/2010 de 23 de febrero; Cert. Esc. Adm. CERT. 153/2011 de 18 de noviembre; Certificado de Trabajo CERT.ESC. ADM. 0116/12 de 7 de agosto de 2012; Certificado de Trabajo Cert.Esc.Adm. 0227/2014 de 28 de octubre, Certificado de Trabajo Cert.Esc.Adm. 040/2017 de 2 de marzo; Certificado de Trabajo Cert.Esc.Adm. 0222/2019 de 18 de noviembre; Certificado de Trabajo Cert.Esc.Adm. 0101/2020 de 10 de noviembre; Certificado de Trabajo Cert.Esc.Adm. 0004/2021 de 12 de enero; Certificado de Trabajo Cert.Esc.Adm. 0135/2021 de 7 de mayo, se acredita que Ángel Vargas Vargas ingresó a trabajar como funcionario administrativo a la UMSA en fecha 16 de marzo de 2009 (fs. 34 a 42).
II.3. Por “RESOLUCION COMITÉ EJECUTIVO DEL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 647/2021” de 21 de julio y “MEMORANDO DEPTO REC. HUM. ADM. RECTO 0137/2021” de fecha 30 de julio de 2021, la UMSA agradeció los servicios del accionante y le hizo saber que a partir del 1 de agosto del mismo año, él ya no formaba parte de dicha entidad como funcionario administrativo (Jefe a.i. del Departamento de Auditoria Interna [fs. 26 y 27]).
II.4. A través de nota de 8 de febrero de 2022, Ángel Vargas Vargas se apersona ante la Jefatura Departamental del Trabajo de La Paz y denunció a la UMSA por despido injustificado e intempestivo, solicitando su reincorporación por inamovilidad laboral por la condición de padre progenitor de persona con discapacidad (fs. 58 a 60).
II.5. El Ministerio del Trabajo Empleo y Previsión Social ante la denuncia recibida, emite la “UNICA CITACIÓN DE PRESENTACIÓN” convocó a audiencia programada para el día 4 de marzo de 2022 a las 14:00 (fs. 63).
II.6. Sandra Lizeth Jiménez López, Inspectora de la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, presentó el Informe MTEPS/JDTLP/0104 INF/2022 de 8 de marzo, emitiendo conclusiones y recomendaciones a Ninoska Tania Loza Flores, Jefa Departamental del Trabajo La Paz, estableciendo que existen elementos que deben ser valorados por la autoridad jurisdiccional (fs. 148 a 151).
II.7. Boris Douglas Fernández Bernal, en su condición de Jefe Departamental del Trabajo La Paz a.i. dependiente del Ministerio del Trabajo Empleo y Previsión Social, en fecha 29 de marzo de 2022 emite la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 181/2022; mediante la cual, ordena que la UMSA a través de su Rector, reincorpore a Ángel Vargas Vargas a su cargo de Jefe a.i. del Departamento de Auditoria Interna, más el pago de sus salarios devengados y demás derechos laborales y sociales que correspondan a la fecha de su respectiva reincorporación (fs. 65 a 68; 69 a 75; 143 a 147; y 180 a 183).
II.8. Por Informe J.D.T.L.P.-BDFB-VR-150/2022 HR: 2022-23142 emitido por el Inspector del Trabajo de El Alto, Jaime Walter Alay Alay, enviado vía, José Luis Rodríguez Mujica, Responsable de Inspección La Paz y dirigido al Jefe Departamental del Trabajo a.i. La Paz, con la referencia: “VERIFICACIÓN DE REINCORPORACIÓN DE ANGEL VARGAS VARGAS A LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES”, dicho documento concluye que la entidad requerida NO DIO CUMPLIMIENTO a la reincorporación ordenada (fs. 76 y vta.).
II.9. Al tomar conocimiento de la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 181/2022, la UMSA el 15 de marzo de 2022, planteó recurso de revocatoria pidiendo se deje sin efecto dicha Resolución (fs. 155 a 158 y vta.)
II.10. A través de notas de 12 y 20 de mayo de 2022, el ahora accionante solicitó el cumplimiento de la Conminatoria de reincorporación a su fuente laboral en la UMSA (fs. 77; y, 78 respectivamente).
II.11. Resolviendo el recurso de revocatoria planteado por la UMSA contra la orden que determina reincorporar a Ángel Vargas Vargas como funcionario administrativo, el Ministerio del Trabajo Empleo y Previsión Social, emitió la RA 340-22 de 23 de mayo de 2022; misma que, dispone aceptar el recurso de revocatoria interpuesto y por consiguiente revoca totalmente la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/ 181/2022 emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo de La Paz; y en consecuencia, declina competencia ante la judicatura laboral, instancia donde se deben plantear las pretensiones a objeto de su tratamiento correspondiente (fs. 159 a 161; 175 a 177; y, 184 a 186)
II.12. Siendo de su conocimiento la RA 340-22 emitida por el Ministerio del Trabajo, en fecha 3 de junio de 2022 Ángel Vargas Vargas (ahora accionante), planteó recurso jerárquico ante la misma entidad, solicitando deje sin efecto la resolución confutada (fs. 162 a 171).