SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2022-S2
Fecha: 03-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa estado de cuenta de internación de 1 de febrero de 2021, expedido por el Hospital UNIVALLE Cochabamba, con cargo a la peticionante de tutela, indicando como fecha de ingreso el 1 de enero del mismo año y de alta médica el 1 de febrero de similar año, con detalle del costo de insumos, medicamentos, honorarios médicos y servicios prestados a favor de la mencionada paciente, ascendiendo al monto de Bs240 299,60.- (doscientos cuarenta mil doscientos noventa y nueve 60/100 bolivianos), sin descuentos y un saldo total a cancelar de Bs132 000.- (fs. 3 a 4).
II.2. Mediante nota de 2 de febrero de 2021, Nicómedes David Corrales Maita -esposo de la ahora accionante-, presentó propuesta de cancelación en cuotas de la suma adeudada, pidiendo la rebaja del 50% y que la misma sea en pagos mensuales de Bs3 000.-; en razón a que, la impetrante de tutela fue dada de alta médica y que su familia no contaría con recursos económicos para cubrir el total erogado por su atención médica; además, de no tener bienes inmuebles y muebles para darlos como garantía; en ese sentido, solicitó la elaboración de un documento de deuda con reconocimiento de firmas y rúbricas en favor del precitado Hospital (fs. 5).
II.3. Consta Nota CITE: GAF/060/2021 de 4 de febrero, suscrita por Frida Terrazas Orellana, Gerente Administrativa Financiera del Hospital UNIVALLE Cochabamba, ahora codemandada, -en respuesta a la solicitud precedente-, rechazando la requerida rebaja del 50% del total adeudado al mencionado nosocomio, en virtud a los costos de funcionamiento que debía cubrirse y que a la referida fecha ya se hizo a la accionante el descuento de Bs34 299,60.- (treinta y cuatro mil doscientos noventa y nueve 60/100 bolivianos) del total adeudado; sin embargo, esta se allanó a la petición de realizar un documento de compromiso de pago, con las respectivas garantías que fuesen ofrecidas (fs. 6 a 7).