SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2022-S1
Fecha: 27-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0347/2021 de 9 de marzo, la Autoridad General de Impugnación Tributaria, resolvió confirmar la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-CBA/RA 0317/2020 de 30 de noviembre, dentro del Recurso de Alzada interpuesto por Lourdes Dehne Delgadillo contra la Gerencia del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), que confirmó la Resolución Determinativa 172030000383 de 31 de julio de 2020, al haber quedado demostrada su condición de sujeto pasivo del IUE y la percepción de ingresos no declarados (fs. 3 a 31 vta.).
II.2. A través de la nota presentada el 23 de marzo de 2021, Lourdes Dehne Delgadillo -ahora accionante-, solicitó a la Gerencia Distrital I del SIN Cochabamba, la suspensión de ejecución de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0347/2021, anunciando que presentará proceso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo de Justicia; comprometiéndose la constitución de garantías suficientes (bancarias, reales u otras) dentro de los noventa (90) días siguientes, conforme establece el art. 131 de la Ley 2492 (CTB) (fs. 32).
II.3. Ante dicha solicitud, el Gerente de la Gerencia Distrital Cochabamba del SIN, mediante Proveído 242130000041 de 29 de marzo de 2021, resolvió rechazar la solicitud; toda vez que, la solicitante no ha dado cumplimiento al art. 5 inc. d) de la Resolución Normativa de Directorio 10-0022-14 de 18 de julio de 2014, al no haber adjuntado la diligencia de su notificación de la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0347/2021, en original (fs. 33).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II.4. El 1 de abril de 2021, Lourdes Dehne Delgadillo ahora accionante-, mediante nota dirigida, la Gerencia Distrital I del SIN Cochabamba, refirió que pese a que el SIN tienen un su poder un ejemplar notificado por la AIT, al presente adjunta el o