SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2022-S1
Fecha: 27-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa folio real con Matrícula Computarizada 7.01.1.06.0156523, donde figura en el Asiento 2 como propietarios los ahora peticionantes de tutela, de un inmueble ubicado en la zona norte, Unidad Vecinal (UV) S1-4 denominada Urbanización Cerrada “Sevilla Los Jardines” (fs. 4).
II.2. Consta Acta de Certificación de Reproducción 05/2021, elaborada por el Notario de Fe Pública 76, Hugo Alejandro Vargas Sainz, de certificación de reproducción de mensajes de correo por el que el 23 de septiembre de 2020, los peticionantes de tutela informaron al directorio el registro y autorización que a partir de esa fecha procederían a ingresar materia para construcción en su domicilio. Ante ello, el Administrador el 16 de octubre del mismo año, les indicó que su construcción se encontraba fuera de norma (fs.8 a 12).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II.3. Mediante Resolución Administrativa 03/20 de 19 de octubre, el Directorio del Condominio “Sevilla Los Jardines” en el considerando único, estableció que el art. 6 de la Escritura de Constitución del Condominio, establece que no podrá cambiars