SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0877/2022-S1
Fecha: 11-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial de 24 de julio de 2012, Gonzalo Valdez Mattos, Secretario General del SUT COTEL, solicitó al Juez de Partido, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de La Paz se considere la inembargabilidad de los aportes patronales del Seguro Social de Corto Plazo, gestionado por “COTEL”, por delegación de la Caja Nacional de Salud (CNS) y solicita a la ASFI levante la medida de congelamiento de la cuenta corriente 1000207256, del BNB S.A., correspondiente al Seguro Médico Delegado de Salud de COTEL R.L. (fs. 284 y vta.). Respondiendo a ese memorial mediante Auto de 20 de agosto de igual año, la autoridad judicial dispuso dar curso a lo solicitado, previa acreditación de la cuenta (fs. 285).
II.2. Consta nota de 23 de febrero de 2018, del Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social Sexto de la Capital del departamento de La Paz, solicitando a la ASFI la retención de fondos de cuentas de COTEL R.L., por la suma de Bs1 434 721,27.- (un millón cuatrocientos treinta y cuatro mil setecientos veintiún 27/100 bolivianos [fs. 173]).
II.3. Cursa nota de 11 de julio de 2018, por la cual el Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social Séptimo de la Capital del departamento de La Paz, ordena la retención de fondos de cuentas de COTEL R.L., dentro del proceso coactivo social seguido por la AFP Futuro de Bolivia S.A., en un monto de Bs959 719,51.- (novecientos cincuenta y nueve mil setecientos diecinueve 51/100 bolivianos [fs. 251]).
II.4. Mediante Resolución A.I. 350/2018 de 6 de septiembre, el Juez de Partido, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de la Capital del departamento de La Paz, dispuso mantener firmes y subsistentes las retenciones de las cuentas pertenecientes a COTEL R.L. en el importe total de Bs74 564 385,26.- (setenta y cuatro millones quinientos sesenta y cuatro mil trescientos ochenta y cinco 26/100 bolivianos), en cuanto al BNB S.A. de las cuentas corrientes 1000189797, 1000207256, 1400586493, 1900392237, 1900408028 y 1900415679 (fs. 289 a 293).
II.5. Cursa Nota CITE: SMDC-ADM 009/2020 de 28 de diciembre, dirigida a Fernando Dips Zogbi, Gerente General de COTEL R.L., por parte del Seguro Médico Delegado, solicitando el pago de aportes (fs. 91 a 92).
II.6. Por nota de 5 de enero de 2021, dirigida a Fernando Dips Zogbi, Gerente General de COTEL R.L., el peticionante de tutela pone a conocimiento la carencia de recursos económicos por falta de traspaso del 10% del total de la planilla de sus trabajadores para cubrir el Seguro Social a Corto Plazo (fs. 93 a 94).
II.7. Consta nota de 7 de enero de 2021, del BNB S.A. dirigida a COTEL R.L., respecto a la solicitud de información de retención judicial, donde señala dos cuentas: 1000189797, con un monto total retenido de Bs7 355 870,10.- y 1000207256 que no registra retenciones (fs. 299 a 303).