SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2024-S4
Fecha: 11-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial dirigido al Juzgado de Ejecución Penal Cuarto del departamento de La Paz, presentado el 25 de marzo de 2022, Diego Mauricio Mayta Arias –ahora accionante representado sin mandato–, plantea incidente de libertad condicional, donde señala que en atención al Cómputo de Pena Cumplida e Informe para Incidentes de Libertad Condicional, las dos terceras partes de su condena son tres años y cuatro meses; por lo que, se podía evidenciar que ha sobrepasado por mucho el tiempo para beneficiarse de la libertad condicional; ya que, habría cumplido su pena durante cuatro años, un mes y trece días (fs. 2 y vta.).
II.2. A través de Nota 266/2022 de 5 de abril, el Juzgado de Ejecución Penal Tercero en suplencia legal de su similar Cuarto ambos del departamento de La Paz, ordenó al Director del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz evacue la clasificación en el cuarto periodo del sistema progresivo de Diego Mauricio Mayta Arias (fs. 5).