SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2022-S1
Fecha: 03-May-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en obrados, se establece las siguientes conclusiones:
II.1. A través de Convocatoria a proceso de institucionalización, concurso de mérito y examen de competencia, modalidad cerrada institucional (INTRAID) 01/2021 de 18 de enero, emitida por el SEDES Tarija, se invita a los Licenciados en Psicología a postular a los cargos de base, dependiente del fondo financial del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija en base a Normativa del Colegio de Psicólogos de La Paz, avalada por el Congreso Nacional e Psicólogos, Ley Departamental 104, Resolución bi-ministerial 0014, solicitud institucional, otros (fs. 2 a 3).
II.2. Cursa Memorial presentado el 21 de enero de 2021; por el cual, “Psicólogos postulantes INTRAID Tarija” se dirigen a Paul Castellanos Zamora, Director del SEDES, a objeto de impugnar la convocatoria de proceso de institucionalización, concurso de mérito y examen de competencia 01/2021; en la misma señala que la Convocatoria: a) Omitió deliberadamente la experiencia mínima de dos años en el área al que se postula, que deben ser dentro de la institución del INTRAID; b) No expresa la fecha ni la hora de prueba de rendimiento; y, c) no es clara al momento de señalar los porcentajes de postulación. Lleva firmas y rúbricas de Yenny Pérez y Juan Carlos Conde F. (fs. 5 a 6).
II.3. Conforme Nota de 28 de enero de 2021, dirigida a Paul Castellanos Zamora, Director Técnico SEDES-Tarija, el Lic. Nils Puerta Carranza, Presidente de COLPSITA, responde a carta con CITE SEDES/DIR/AL/11/21, en relación al Memorial de impugnación de Convocatoria 01/21, realizando las siguientes consideraciones respecto a dicha Convocatoria: a) En su emisión se omitió incluir la experiencia mínima de dos años al área que se postula, los cuales deben ser dentro de la Institución; b) Debe tratarse de una convocatoria cerrada institucional o promoción interna; c) El cronograma no señala la fecha de prueba de rendimiento; d) Si bien no son claros los porcentajes de ponderación, referidos al puntaje de los files personales y a las pruebas de rendimiento, sin embargo, los mismos están establecidos en el Reglamento de concurso de Méritos y Examen de competencia del Colegio de Psicólogos de La Paz; y, e) Recomendó que la valoración de los files personales y el examen de competencia, la ponderación sea del 50% para ambas instancias del concurso.(fs. 9 a 10).
II.4. Consta Resolución Administrativa SEDES DIR 02/2021 – Recurso de Impugnación – SEDES – Tarija, de 2 de febrero de 2021, emitida por Paul Castellanos Zamora, Director Técnico del SEDES, por la cual, se rechaza la impugnación planteada a la Convocatoria de Proceso de Institucionalización Concurso de Mérito y Examen de Competencia Nº 01/2021 perfil psicólogos (fs. 11 a 13).
II.5. Mediante Nota presentada el 3 de febrero de 2021, dirigida a Paul Castellanos Zamora, Director Técnico del SEDES Tarija; por la cual, Juan Carlos Conde F. y Yenny Pérez solicitan respuesta al memorial de impugnación a convocatoria 01/2021 (fs. 7).
II.6. Por Nota presentada el 5 de febrero de 2021, dirigida a Paul Castellanos Zamora, Director Técnico del SEDES Tarija, Juan Carlos Conde F. y Yenny Pérez solicitan por segunda vez respuesta al memorial de impugnación a convocatoria 01/2021 (fs. 8).
II.7. Se evidencia Memorial presentado el 8 de febrero de 2021; por el cual, “Psicólogos postulantes INTRAID Tarija” se dirigen a Paúl Castellanos Zamora, Director del SEDES, a fin de objetar la Resolución 02/221, donde se rechaza la impugnación planteada por los psicólogos postulantes a la Convocatoria 01/2021, pidiendo que la misma sea aceptada y en consecuencia se paralice dicha Convocatoria hasta la resolución de la objeción (Fs. 14 a 15 vta.).
II.8. Mediante Resolución Administrativa SEDES Dirección de 11 de febrero de 2021 emitida por Paúl Castellanos Zamora, Director del SEDES y Mariela Gómez Borja, Asesora Legal Sedes-Tarija; por la cual, señala que previo a continuar con la secuencia procesal, en el plazo de cuarenta y ocho horas de su legal notificación, deberán: 1º Invocar la normativa en la que fundamentan la interposición de su recurso; y 2º acreditar su legitimación activa e interés legítimo, toda vez que en la planilla de Recepción de Documentación para la Convocatoria a Proceso de Institucionalización a Concurso de Méritos y Examen de Competencia 01/2021 no figuran como postulantes (fs. 18).
II.9. Cursa notificación personal y/o cedularia, de 12 de febrero de 2021, por la cual se notificó a Juan Carlos Conde con Resolución Administrativa SEDES DIR Nº 02/2021 de 2 de febrero de 2021. (fs. 17)
II.10. Por Memorial presentado el 17 de febrero de 2021, “Psicólogos postulantes INTRAID Tarija” se dirigen a Paul Castellanos Zamora, Director del SEDES, con el objeto de dar respuesta a la Resolución Administrativa SEDES Dirección de 11 de febrero de 2021. Al punto 1º señalan la normativa contenida en los arts. 9 núm. 5, 13.I, 24, 46.I núm 1 y 2 y 48.I, II y III de la CPE; art. 1, 2, 3, 7, 18, 26, 27, 28 y 31 de la Ley Nº 2027; art. 6 .I, 7, 10 y 14 del Reglamento del Colegio de Psicólogos de La Paz. Al punto 2º señalan que si bien no figuran como postulantes, es porque el Director del SEDES falló fuera de lo que establece la norma, además que no sería lógico presentarse a una convocatoria que se encuentra manipulada y sin el aval de su ente colegiado (fs. 19 a 22 vta.).
II.11. Consta CITE/ASESORIA LEGL/mgb/Nº 45/2021 de 1 de marzo, emitida por Paul Castellanos Zamora, Director Técnico del SEDES Y Mariela Gomez Borja, Asesora legal SEDES – Tarija, dirigida a Yenny Pérez y Juan Carlos Conde, por el que señala que de la revisión exhaustiva del memorial presentado el 17 de febrero de 2021 por los psicólogos postulantes del INTRAID Tarija, se advierte que el mismo no reúne los requisitos para la presentación de un recurso administrativo, y que Yenny Pérez y Juan Carlos Conde F. no cuentan con legitimación para invocar un derecho subjetivo o interés legítimo; toda vez que, la planilla de recepción de documentación para la Convocatoria a Proceso de Institucionalización a Concurso de Méritos y Examen de Competencia 01/2021, acredita que no son postulantes de dicha convocatoria, por lo que se mantiene incólume la Resolución Administrativa SEDES DIR 02/2021 de 2 de febrero (fs. 23 a 24).
II.12. Conforme notificación personal y/o cedularia, de 4 de marzo de 2021, se notificó a Yenny Pérez con Nota 600/DIR JUR./ML 68/2021 de 1 de marzo de 221 y Cite/ASESORIA LEGAL/mgb/4º 45/2021 de 1 de marzo de 2021 (fs. 17).
II.13. A través de Of.06/09/21 presentado el 10 de marzo, dirigida a Paúl Castellanos Zamora, Director SEDES Tarija; por la cual, Nils Puerta Carranza, Presidente COLPSITA, abdica al proceso de institucionalización para cargos de psicólogos en el INTRAID, debido a que el SEDES no tomó en cuenta las observaciones realizadas a la convocatoria y en concordancia a las observaciones expuestas por SIRMES (fs. 16).
II.14. Se evidencia Planilla de recepción de Documentación para la Convocatoria a proceso de Institucionalización Concurso de Mérito y Examen de Competencia 01/2021, en cuya nómina figuran: Paola Oliva Maldonado, Daysi Patricia Farfán Cordero y Edith Fabiola Chamas Ríos (fs 32).
II.15. A través de Resolución Administrativa SEDES 3/2021 de 23 de marzo, emitida por Paúl Castellanos Zamora, Director Técnico del SEDES, Resuelve: Primero.- Extinguir el acto administrativo Convocatoria de Institucionalización a Concurso de Méritos y Examen de Competencia 01/2021 de 18 de enero, en aplicación y cumplimiento a lo prescrito por el Art. 57 inc. b) del D.S. 27113 de 23 de julio de 2003; Segundo.- Instruir a la Unidad de Recursos Humanos del SEDES, que en aplicación al Derecho de Estabilidad Laboral, de manera inmediata se procure y emita nueva convocatoria a Concurso de Méritos y Examen de Competencia bajo la normativa en actual vigencia y aplicable al presente caso (fs. 94 a 95).