SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2022-S4

Fecha: 11-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante SCP 0913/2019-S1 de 12 de septiembre, la Sala Primera del Tribunal Constitucional Plurinacional dispuso ANULAR OBRADOS hasta el señalamiento de día y hora de audiencia de la presente acción tutelar, debido a la omisión de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de notificación a los Vocales de la Sala Penal Segunda del referido Tribunal Departamental (fs. 43 a 51).

II.2.    Por Auto Interlocutorio 57/2019 de 1 de febrero, Juan Carlos Montalbán Zapata, Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz, dispuso la detención preventiva de Herlan Boris Valencia Méndez –hoy accionante– y otros, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de estos por la presunta comisión del delito de robo agravado; decisión que habiendo sido impugnada por el impetrante de tutela y Jaime Matha Chambi, dio lugar a la emisión del Auto de Vista 072/2019 de 18 de febrero, dictado por Yván Noel Córdova Castillo y Elisa Exalta Lovera Gutiérrez, Vocales de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –ahora codemandados–; por medio del cual, se determinó declarar admisibles e improcedentes los recursos de apelación planteados; y en consecuencia, confirmado el fallo impugnado (fs. 16 a 24; y, 25 a 26).

II.3.    A través de memorial presentado el 20 de marzo de 2019, ante el Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz, el solicitante de tutela impetró señalamiento de audiencia para considerar la cesación de su detención preventiva; obteniendo como resultado, el pronunciamiento del Auto Interlocutorio 205/2019 de 10 de abril, que dispuso rechazar la cesación pedida; decisión que siendo impugnada por su defensa, mereció la emisión del Auto de Vista 158/2019 de 2 de mayo, suscrito por Adán Willy Arias Aguilar y Rosmery Lourdes Pabón Chávez, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz –hoy codemandados–; mediante el que, determinaron declarar admisible e improcedente el recurso de apelación interpuesto; y por ende, confirmar el fallo recurrido (fs. 28 y vta.; 29 a 33; y, 34 a 35 vta.).