SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2022-S2

Fecha: 24-May-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Auto Interlocutorio 86/2019 de 22 de febrero, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Decimocuarto de la Capital del departamento de La Paz, quien declaró probada la tercería de dominio excluyente formulada por José Antonio Navia Monje sobre el bien inmueble de 80 000 m2, registrado en la oficina de DD.RR. con Matrícula 2.01.2.01.0009926; ordenando que, una vez ejecutoriada esa determinación, dicha repartición proceda a cancelar las medidas cautelares de anotación preventiva que hubieran sido inscritas sobre el bien inmueble ubicado en el exfundo Lapari cantón Mecapaca provincia Murillo del citado departamento, inscrita por orden judicial dentro del proceso ejecutivo seguido por la empresa “ADM-SAO” S.A. contra Salomón Adolfo Cornejo Choque y Ovidio Guido Condori Zamora (fs. 72 a 79).

II.2.  Mediante memorial presentado el 3 de abril de 2019, ante el aludido Juez, la empresa accionante a través de su entonces representante -Nha Yen Pamela Alanes Rodríguez- interpuso recurso de apelación contra el Auto Interlocutorio 86/2019 (fs. 80 a 84).

II.3.  Por Auto de Vista 333/2020 de 18 de agosto, los Vocales de la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandados-, confirmaron el Auto Interlocutorio 86/2019, fallo que fue notificado a la empresa peticionante de tutela el 8 de septiembre de 2020 (fs. 102 a 105).