SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2024-S2
Fecha: 09-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Consta documento privado de transferencia de lote de terreno de 24 de julio de 2012, suscrito entre Nelson García Vía -hoy accionado-, y Elena Choque Ribera -hoy accionante-, debidamente reconocido ante la Notaria de Fe Pública 112 de la Capital del departamento de Santa Cruz (fs. 3 a 4 vta.).
II.2. Cursan fotografías de un patio donde se observan canastas, una maleta, una Unidad Central de Procesamiento (CPU), una impresora, ropa, un pasaporte, entre otros objetos en el piso (fs. 7 a 11).
II.3. Se tiene dos Discos Compactos (CD), que contienen audios donde se escucha botar objetos, de igual manera a dos mujeres discutiendo, una de ellas menciona “le saco con las manos”, “25.000 devolví a mi papá”, “mostrame papeles para entrar”, “Elena yo no voy a dormir en la misma casa con vos, vamos vamos tienes que irte mi papá te devolvió el dinero”, “no te escudes en tu hija”, “salí vas a salir por las buenas o por las malas”, se oyen forcejeos, otra voz femenina señala “me vas a sacar muerta”, “yo estaba aquí no estaba lejos”, “le devolví el dinero a tu papá”, una voz masculina manifiesta “mi papá te devolvió la plata, 20.000 dólares”, otra voz femenina refirió gritando “tía déjale a mi mamá tía tía”. Asimismo, en los videos se puede evidenciar prendas de vestir, un CPU, ropa, maleta, mochilas, fotografías, pasaporte, una impresora, enseres de cocina botados en un patio (fs. 33 a 34).