SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2022-S2

Fecha: 08-Jun-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Se tiene Testimonio 2249/2008 de 22 de septiembre, correspondiente a la escritura pública de transferencia de un bien inmueble por adjudicación judicial ubicado en la zona de “Lourdes” de la ciudad de Tarija, lote 4, con una superficie de 7 000 m2, otorgado por Jesús Francisco Colquechambi Farías, entonces Juez de Instrucción Civil y Comercial Primero de la Capital del citado departamento, y Norma Gladis Guzmán Ruiz, Actuaria del mismo Juzgado a favor de Viviano Ibarra Delgado y Rubén Chinuri Barrios -ahora accionante-, registrado bajo el folio real con Matrícula 6.01.1.27.0003750, Asiento A-3 de titularidad sobre dominio de 22 de diciembre de 2016; así como, un formulario de pago de impuestos gestión 2015, emitido por el Gobierno Autónomo Municipal del referido departamento; levantamiento topográfico de plano y formulario de folio real expedido el 28 del citado mes y año, por la oficina de DD.RR., todos del precitado inmueble (fs. 1 a 14 del Anexo).

II.2.  Cursa Testimonio 1969/2011 de 26 de septiembre, relativo a la escritura pública de una minuta de compraventa de un lote de terreno ubicado en la av. Segundo Anillo Circunvalación entre la av. Froilán Tejerina y calle s/n, en la “comunidad” de “Lourdes”, Primera Sección de la provincia Cercado del departamento de Tarija, signado con el número 3 del manzano A, con una superficie de 397,25 m2, registrado en la oficina de DD.RR. bajo el folio real con Matrícula 6.01.1.27.0003227, Asiento A-4 de titularidad sobre dominio de 7 de octubre de 2011, otorgada por Julio Torrico Endara a favor de Domingo Choque Leandro y Leonarda Olguera Alejandro de Choque, por la suma de Bs5 000.- (cinco mil bolivianos); más Testimonio 2472/2011 de 19 de diciembre, escritura pública de una minuta aclarativa y declarativa de ubicación, de código catastral y colindancias del precitado lote de terreno, indicando que la ubicación correcta del bien inmueble era en la av. Segundo Anillo Circunvalación entre la av. Froilán Tejerina y calle s/n de la zona de “Lourdes”, con Código Catastral 30-01-23-0-0-0; de igual manera constan plano del citado predio aprobado por la Dirección de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija y formulario de folio real extendido el 16 de agosto de 2021, por la aludida oficina de DD.RR. (fs. 29 a 32 y 36 a 37).

II.3.  Mediante informe técnico de 9 de julio de 2021, Armando Mamani Gutiérrez, Topógrafo con Registro T-6137197, señaló que según la georreferenciación enlazada a la red del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija y metodología de campo utilizada, el lote de terreno de 397,41 m2 de propiedad de Rubén Chinuri Barrios, se encontraba ubicado en el barrio Nueva Jerusalén, provincia Cercado del departamento de Tarija, distrito 7; exactamente en la av. Segundo Anillo Circunvalación, entre la av. Sgto. Froilán Tejerina (fs. 151 a 153 del Anexo).