SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2022-S2
Fecha: 24-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. consta minuta de compromiso de venta de 12 de enero de 2016, suscrita entre el fallecido Andrés García Paredes como propietario de 2 lotes de terreno debidamente registrados en DD.RR. bajo las matrículas computarizadas 2.01.1.01.0018439 y 2.01.1.01.0018438, ubicados en la ex hacienda Achumani del “cantón” Palca provincia Murillo (Chijipata); por el cual, da en calidad de venta a favor de Edgar Mamani Pinilla y Roxana Constancia Santos Apaza, recibiendo el vendedor como adelanto $us2000.- (dos mil dólares estadounidenses [fs. 59 y vta.]).
II.2. Cursan recibos por diferentes montos a nombre de Edgar Mamani Pinilla y Roxana Constancia Santos Apaza por concepto de venta de un terreno en Achumani Chijipata a favor del fallecido Andrés García Paredes desde el 19 de enero de 2016 hasta el 2 de enero de 2021 (fs. 60 a 75).
II.3. Roxana Constancia Santos Apaza, -ahora demandada- presentó comprobantes de pagos de impuestos sobre el inmueble ubicado en Chijipata de diferentes gestiones; también adjuntó facturas de luz a su nombre desde la gestión 2018 hasta abril de 2021 de igual manera facturas de consumo de agua originales (fs. 122 a 151).
II.4. Cursa Testimonio de Protocolización de Escritura Pública sobre proceso sucesorio sin testamento de aceptación de herencia en la vía voluntaria notarial al fallecimiento de Andrés García Paredes y Andrea Leandra Chávez Siñani aceptada voluntariamente por Silvia Marisol García Chávez en calidad de hija emitida mediante Escritura Pública 62/2021 de 18 de febrero (fs. 4 a 8 vta.).
II.5. Folio Real sobre registro de la propiedad inmueble bajo la matrícula computarizada 2.01.1.01.0018439, registrado la titularidad sobre el dominio en el asiento A2 a Silvia Marisol García Chávez de 17 de marzo de 2021 (fs. 9 y vta.).
II.6. Emerson Choquehuanca Chura, Investigador escena del crimen dependiente de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de la Zona Sur del departamento de La Paz, el 14 de mayo de 2021 emitió el informe del registro del lugar del hecho aperturando el caso por avasallamiento a denuncia de Silvia Marisol García Chávez (fs. 27 a 33).
II.7. Factura de la Distribuidora de Electricidad La Paz Sociedad Anónima (S.A.) con fecha de emisión 22 de mayo de 2021 a nombre de Silvia Marisol García Chávez, medidor 840829, dirección Achumani, sector Chijipata 220 (fs. 20).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II.8. Por Resolución 632/2021 de 14 de junio, la Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de La Paz, dentro el proceso familiar seguido a instancia de Constancia Apaza Almanza contra Silvia Marisol García Chávez sobre comprob