SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0692/2022-S3
Fecha: 27-Jun-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 76/21 de 6 de julio de 2021, cursante de fs. 74 a 75 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela respecto al derecho de petición, conforme a los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
a) Disponer que Juan Manuel Pinto Zamora, Responsable Distrital de la Dirección General de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados Santa Cruz, responda de manera fundamentada, motivada y congruente la solicitud realizada el 7 de junio de 2021 por Gladys Alejandra Flores Castro, con cargo de recepción de 10 de igual mes y año, sea dentro de las siguientes veinticuatro horas a partir de la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, sea de forma positiva o negativa, siempre y cuando, por el transcurso del tiempo no se haya cumplido con tal extremo.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori