SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2022-S1

Fecha: 24-Jun-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Auto Interlocutorio 319/2020 de 11 de noviembre, el Juez de Ejecución Penal Tercero de Santa Cruz, declaró probado el incidente de redención de la pena formulado por Víctor Rivera Peña -ahora accionante- (fs. 4).

II.2.    Cursa Resolución de 3 de diciembre de 2020, pronunciada por la prenombrada autoridad jurisdiccional conminando el cumplimiento del plazo establecido en el art. 175 de la LEPS a los fines del conocimiento y resolución del beneficio de libertad condicional (fs. 10).

II.3.    Mediante oficio 740/20 de 28 de diciembre, la citada autoridad judicial       -Juez de Ejecución Penal Tercero- solicitó al Director del Establecimiento Penitenciario Centro de Rehabilitación Santa Cruz "Palmasola", la remisión de documentación necesaria para efecto del examen de la libertad condicional del impetrante de tutela Víctor Rivero Peña, estableciendo para el efecto el plazo de 10 días, documental que tiene como cargo de recepción el 7 de enero de 2021 a horas 09:30 (fs. 3 y 12).

II.4.    Cursa oficio 55/2021 de 7 de enero emitido por el Director del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola” con referencia elaboración de fichas dirigido a Mauricio Romero Catacora, Director Departamental del Régimen Penitenciario, adjuntando codemandado “OFICIO EN FOTOCOPIA” con cargo de recepción de 8 de enero de 2021 (fs. 10).