SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0455/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0455/2022-S2

Fecha: 01-Jun-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Oficio TSE-PRES-SC-EXT 0422/2020 de 17 de agosto, la exautoridad demandada hizo conocer a Juan López Condori, Pedro Cuevas Quispe, Benigno Colque, Tomasa Calle de Alanoca, Aurelia Pañuni Apaza, Ángel Rosendo Nina Marca y Benedicto Nina Tola, representantes de la Jach’a Nación Pakajaq’i Milenaria, que su solicitud de acreditar un delegado ante el Tribunal Supremo Electoral y control de convencionalidad fue rechazada (fs. 14).

II.2.  Por nota presentada el 19 de agosto y reiterada el 24 de septiembre ambos de 2020, ante el demandado, las autoridades de la Jach’a Nación Pakajaq’i Milenaria, requirieron al Tribunal Supremo Electoral aclare y complemente la respuesta otorgada a su solicitud de control de convencionalidad y registro de candidatos, emitida a través del Oficio TSE- PRES-SC-EXT 0422/2020 (fs. 15 a 16).

II.3.  A través de Oficio TSE-SC-EXT 542/2020 de 16 de octubre, el expresidente del Tribunal Supremo Electoral respondió de manera expresa a la petición de aclaración y complementación realizada el 19 de agosto de 2020, por la Jach’a Nación Pakajaq’i Milenaria (fs. 38).

II.4.  Cursa la impresión de una conversación mediante mensaje de texto por WhatsApp, en el cual el Oficial de Diligencias del Tribunal Supremo Electoral, remitió a Benedicto Nina Tola, el archivo en digital del Oficio TSE-SC-EXT 542/2020, en respuesta a la solicitud realizada por este el 19 de agosto de 2020 (fs. 37).