SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0648/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2022-S2

Fecha: 24-Jun-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante nota de 11 de marzo de 2021, presentada el 19 de igual mes y año, ante Freddy Gonzalo Gandarillas Martínez, Rector de la UAJMS, Tito Jesús Carrazana Baldiviezo, -ahora accionante-, y “Hugo Franco”, solicitaron la “…CONSIDERACIÓN DE ESTABILIDAD LABORAL” (sic), señalando que las materias obtenidas a través de convocatoria y regentadas durante tres años de manera consecutiva como docentes interinos, sean objeto de titularidad, dando prioridad especial a quienes de forma extraordinaria, debido a la pandemia por el COVID-19, fueron ratificados a través de las Resoluciones Rectorales 54/2019 de 28 de noviembre, 169/2020 de 24 de julio y 041/2021 de 26 de enero, que ratificaron a docentes interinos (fs. 46 a 48).

II.2.  Cursan certificados de 7 de julio de 2021, emitidos por el Encargado de Certificación Sector Docente, y el Director de Recursos Humanos (RR.HH.) de la UAJMS, que computan el tiempo de servicio del peticionante de tutela en dieciséis años, diez meses y veintiocho días; y, de 4 de agosto de igual año, mediante el cual, el Encargado del Sector Administrativo, señaló que el prenombrado se encontraba en actual ejercicio de funciones (fs. 61 a 67 y 222).