SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0452/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2022-S4

Fecha: 02-Jun-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de robo agravado contra Mariela Vásquez Mendoza –ahora accionante– y otros, a través de Auto 263/2020 de 5 de octubre –firma y nombre de la autoridad jurisdiccional ilegible–, se determinó disponer para Mariela Vásquez Mendoza y otros, detención preventiva, ordenando su cumplimiento en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz, cárcel de Palmasola; de conformidad al art. 233.3 del CPP, modificado por la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres –Ley 1173 de 3 de mayo de 2019–, determinó el plazo de duración de la detención preventiva de ciento veinte días a objeto de que el Ministerio Público realice todos los actos investigativos pendientes manifestados; y, conforme al art. 235 ter del Código citado, se señale audiencia virtual a efecto de considerar la situación jurídica de los imputados para el 5 de febrero de 2020 (fs. 17 a 22 vta.).

II.2.  A través de memorial presentado el 9 de febrero de 2021, la impetrante de tutela, solicitó a la Jueza de Instrucción Penal Octava del Departamento de Santa Cruz –autoridad codemandada– señale audiencia de cesación a la detención preventiva, por vencimiento de los ciento veinte días de duración de la detención preventiva, impuestos por dicha Autoridad en el Auto 263/2020, pronunciada en audiencia de aplicación de medida cautelar (fs. 23 a 24).