SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2022-S3
Fecha: 02-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Resolución Fiscal de Rechazo de 15 de diciembre de 2020, emitido por Karina Cahuana Morales, Fiscal de Materia por la cual se rechazó de manera fundamentada la denuncia y las actuaciones policiales realizadas en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Benigno Mamani Lugo en representación de la Cooperativa Minera “Veneros Porco R.L.”, -hoy tercera interesada- contra Dionicia Rodríguez Olmedo de Balvin, Zacarías Balvin Atto y Arnoldo Balvin Mamani -hoy accionantes- por la presunta comisión de los delitos de avasallamiento de área minera y explotación ilegal de recursos minerales previstos y sancionados por los arts. 232 bis y 232 ter del Código Penal (fs. 310 a 313).
II.2. Mediante memorial de 24 de diciembre de 2020, dirigido a la Fiscal de Materia; la Cooperativa Minera ahora tercera interesada formuló objeción a la Resolución Fiscal de Rechazo de 15 de ese mes y año, y solicitó la remisión del cuaderno investigativo ante Roxana Choque Gutiérrez, Fiscal Departamental de Potosí -hoy accionada- (fs. 317 a 325 vta.).
II.3. Cursa Resolución FDP-T.O.R./R.CH.G. 324/2020 de 11 de enero de 2021, pronunciada por la Fiscal Departamental ahora accionada, mediante la cual revocó la Resolución Fiscal de Rechazo de 15 de diciembre de 2020 (fs. 328 a 334).