SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2022-S3
Fecha: 10-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. A través de Testimonio 056/2014 de 23 de junio, el entonces Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cabezas del departamento de Santa Cruz, efectuó la minuta de división parcial del terreno urbano de dominio municipal, designado como barrio Caracore y El Carmen (fs. 5 a 6 vta.), el cual fue registrado en la Oficina de DD.RR. bajo la matrícula computarizada 7.07.3.01.0000600, con una superficie de 518 925,42 m2, ubicado en el distrito 5 (fs. 8 y 70). Asimismo, se tiene el Plano de Ubicación y Uso de Suelo de 16 de igual mes de 2021, en el que se observó que la Unidad Vecinal (UV) 05, manzana 12, lote 1, con una extensión útil de 25 466,80 m2 se encuentra identificada como “parque ecológico municipal”, datos que fueron ratificados en el Certificado Catastral emitido por la citada entidad municipal (fs. 11).
II.2. Mediante Credencial de 31 de marzo de 2021, el Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz, acreditó a Omar Rosales Garzón -hoy accionante- como Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cabezas del referido departamento (fs. 2). Por Acta de toma de Juramento y Posesión de Cargo de Autoridades Municipales Electas de Cabezas de 3 de mayo de igual año, la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Charagua, en suplencia legal de su similar, ambos de Cabezas del citado departamento, posterior a cumplir con las formalidades de ley, tomó juramento y realizó la posesión del accionante en el cargo de Alcalde de la indicada entidad municipal (fs. 4 y vta.).
II.3. Por Nota presentada el 28 de mayo de 2021, Giovanna Rojas Vaca -ahora accionada- como “REPRESENTANTE DE LOS SOLICITANTES DE LOTES” (sic), pidió al accionante la transferencia de los lotes ubicados en el barrio “Caracore”, señalando que serían mujeres discriminadas por Carmelo Pérez y otros, quienes cuidando sus intereses personales y vulnerando derechos estarían actuando como propietarios de los terrenos municipales (fs. 15).
II.4. Cursa notificación de 7 de junio de 2021, por la cual la Dirección General de Catastro y Plan Regulador del Gobierno Autónomo Municipal de Cabezas del departamento de Santa Cruz, comunicó a la ahora accionada que el parque ecológico municipal ubicado en la UV-05, manzana 12, del barrio “Caracore”, es de dominio municipal, motivo por el cual procederían a la paralización de toda obra de construcción o asentamiento ilegal, apercibiendo con la demolición de edificaciones que no cumplan con las normas urbanísticas (fs. 12). Mediante notificación de “…DESOCUPACION INMEDIATA DE AREAS VERDES MUNICIPALES” (sic) de 17 de igual mes y año, se instó a la hoy accionada y a Lotario Rojas Vaca -ahora coaccionado- que desocupen inmediatamente las áreas verdes municipales; asimismo, advirtieron con iniciar procesos penales, civiles y de daños al medio ambiente, constando en dichas notificaciones que los hoy accionados no quisieron firmar las mismas (fs. 13 a 14).
II.5. Constan fotografías observándose la presencia de varias personas y carteles de notificación pegados en los árboles, además de advertirse la existencia de cenizas por la quema de matorrales (fs. 16 a 21).