SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2022-S2
Fecha: 24-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso disciplinario seguido contra Lázaro Benavidez Bautista -ahora accionante- a denuncia de Norma Churquina Laurean y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Villazón del departamento de Potosí, el Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación de Villazón del citado departamento, mediante RA 001/2021 de 18 de enero, declaró probada la misma contra el peticionante de tutela, por la comisión de la falta muy grave establecida en el art. 11 inc. m) del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio y Personal Docente y Administrativo, imponiéndole la sanción de retiro definitivo del ejercicio del Magisterio (fs. 3 a 8 vta.).
II.2. Mediante Resolución Administrativa Departamental DDE 004/2021 de 24 de febrero, Hermenegildo Morales Colque, entonces Director Departamental de Educación de Potosí, resolviendo el recurso de apelación interpuesto el 26 de enero del indicado año, por el impetrante de tutela, confirmó la RA 001/2021 (fs. 9 a 18 vta. y 205 a 207 vta.).