SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0682/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0682/2022-S2

Fecha: 27-Jun-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Roger Eduardo Mamani Andrade -ahora impetrante de tutela-, por la comisión del delito de estupro, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz -hoy demandado-, dictó la Sentencia 23 de 2 de diciembre de 2020, imponiendo al prenombrado, la pena privativa de libertad de tres años a cumplir en el Centro Penitenciario Palmasola del citado departamento (fs. 20 vta. a 23).

II.2.  Por Auto Interlocutorio de 3 de igual mes y año, enmendando lo dictaminado en audiencia de salida alternativa; la referida autoridad, habiendo otorgado el beneficio de la suspensión condicional de la pena prevista en el art. 366 el CPP, dispuso la inmediata libertad del peticionante de tutela, imponiendo las siguientes reglas: 1) Prohibición de cambiar de domicilio y de acercarse a la víctima o a su domicilio; 2) Someterse a la vigilancia del juez de ejecución penal mediante la firma del libro de asistencia una vez cada tres meses; y, 3) Permanecer en una fuente laboral, para lo cual debería presentar un contrato de trabajo en el plazo de quince días (fs. 39 y vta.).

II.3.  Mediante memorial presentado el 11 de febrero de 2021, ante el Juez demandado, Marivel Melfy Durán Almendras -madre de la víctima-, alegó que el accionante no habría cumplido las condiciones señaladas supra; y no habiéndose remitidos los antecedentes al juez de ejecución penal, solicitó revocar la suspensión condicional de la pena que otorgó al prenombrado; petición deferida a través del decreto de 12 de igual mes y año, por la autoridad demandada, señalando audiencia para el 17 de marzo de idéntico año (fs. 54 a 56).

II.4.  Consta en formato digital (Disco Compacto [CD]) la audiencia de 17 de marzo de 2021, verificativo en el cual, el citado Juez resolvió revocar el beneficio de la suspensión condicional de la pena otorgada a favor del impetrante de tutela, ordenando que: “…el imputado o sentenciado Roger Eduardo Mamani Andrade sea remitido al ‘centro de reclusión Santa Cruz Palmasola’ de manera inmediata para el cumplimiento de la pena impuesta en lo que resta del tiempo para cumplirse. La parte que se creyere agraviada con la presente resolución tiene el plazo de ley para interponer lo que corresponda…” (minuto 14:13 a 14:37 del indicado audio - pista 2); complementó dicha decisión señalando que, la valoración de la prueba efectuada la asumió de conformidad al art. 180 de la CPE, la verdad material de los hechos y la protección reforzada de la víctima niño, niña y adolescente (fs. 78]).