SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2022-S4
Fecha: 14-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene Memorándum V.D.S.STRIA.GRAL. 33/2020 de 7 de enero, por la que se designa a Ana Paola Czerniewicz Ortiz –ahora accionante– para cumplir las funciones de Administrativo II-Inspector II- Trinidad de la Unidad de Políticas Antidrogas y Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas (fs. 3).
II.2. Mediante Memorándum V.D.S. STRIA. GRAL. 14/2021 de 6 de enero, Jaime Mamani Espíndola, Viceministro de Defensa Social y Sustancias Controladas –ahora demandado– se agradeció los servicios que venía desempeñado como Administrativo II-Inspector II- Trinidad (fs. 4).
II.3. Por Nota presentada el 18 de marzo de 2021, la impetrante de tutela hizo conocer al Director de la Dirección General de Sustancias Controladas que “recientemente se enteró que me encuentro embarazada de diez (10) semanas y seis (6) días, según el diagnóstico de gestación y fotocopia de la ecografía realizada en la Caja Nacional de Salud (CNS) que adjunto; es decir, que en el momento de mis destitución me encontraba embarazada, motivo por el cual solicito a su autoridad mi reincorporación al cargo que desempeñaba” ([sic] fs. 7); a lo que acompañó “Evolución y Tratamiento” de 11 de marzo de 2021, correspondiente a la accionante, emitido por Alejandro Monasterio Gutiérrez, Ginecólogo-Obstetra con Matrícula profesional 2036, en el que se refiere la gestación de diez semanas (fs. 8 y 9).
II.4. El Informe Legal DGSC-AL 040/2021 de 31 de marzo, emitido por Herculiano Iscayrramani Mamani, Responsable de Asesoría Legal de la Dirección General de Sustancias Controladas, sugiere se remita antecedentes ante el área de RR.HH. de la institución a efectos que la accionante presente documentación faltante y en lo posterior se remita ante el Viceministerio de Defensa Civil y Sustancias Controladas para su correspondiente determinación (fs. 12 a 14).
II.5. Se tiene Certificado Médico de 15 de abril de 2021, emitido por Alejandro Monasterio Gutiérrez, Ginecólogo-Obstetra, en el que refiere que la solicitante de tutela cumple una gestación de dieciséis semanas y seis días, mismo que fue presentado a la Dirección General de Sustancias Controladas el 16 de igual mes y año (fs. 16).
II.6. Cursa Auto de Inicio de Proceso Administrativo Interno DJByR 11/2021 de 29 de abril; por el que, se resuelve disponer el inicio del proceso interno a fin de determinar la existencia o no de responsabilidad administrativa contra la ex servidora hoy impetrante de tutela (fs. 18 a 19 vta.).
II.7. Por Informe Legal VDS SC UJ-0839/2021 de 24 de junio, Wilder Oliver Parada, Jefe de la Unidad Jurídica del Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas, emite criterio legal sobre la reincorporación e inamovilidad laboral de la solicitante de tutela, en el que recomienda la restitución laboral de la accionante en cumplimiento del derecho de inamovilidad que le asiste (fs. 111 a 116).