SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2022-S4
Fecha: 20-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de audiencia y Auto Interlocutorio de 13 de noviembre de 2015, emitido por Vladimir Jiménez Vidaurre, Juez de Instrucción Penal Primero de Potosí, por el cual se dispuso la detención preventiva de Brian Rafael Garabito Bohórquez en el Centro Penitenciario Cantumarca Santo Domingo del departamento de Potosí, investigado por el presunto delito de violación a infante, niño, niña o adolecente (fs. 11 a 14 vta.).
II.2. Auto Interlocutorio de 5 de agosto de 2020 emitido por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Potosí, por el cual, se dispuso “no ha lugar a la cesación a la detención preventiva” solicitada por el hoy accionante, dentro del proceso penal por la presunta comisión del delito de violación a infante, niño, niña o adolecente (fs. 8 a 10).
II.3. Por acta de audiencia y Auto de Vista de 27 de enero de 2021, emitido por Julio Alberto Miranda Martínez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, por el cual se declaró “…parcialmente procedente” (sic) la apelación interpuesta por el impetrante de tutela contra la Resolución de 5 de agosto de 2020, por no haberse desvirtuado el riesgo procesal contenido en el art. 234.7 del CPP (fs. 2 a 5 vta.).