SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2022-S4
Fecha: 20-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Auto Interlocutorio de 16 de diciembre de 2020, el Juez Público, Mixto, Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de El Torno del departamento de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido contra Franz Mostacedo Rodríguez –ahora accionante– por la presunta comisión del delito de violación agravada; resolvió aplicar al imputado, las siguientes medidas cautelares personales: Presentación semanal ante el Ministerio Público; la obligación de someterse a la vigilancia de una persona, o institución determinada, colocando una cámara de video a su cargo, para que el Ministerio Público pueda acceder a ver cómo está el comportamiento del sindicado; prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos o privados; la prohibición de comunicarse con personas que en la investigación tengan relevancia para la víctima; fianza económica de Bs10 000.-; y arraigo con la prohibición de salir del territorio nacional; otorgándole el plazo de tres días hábiles para su cumplimiento, bajo advertencia de revertirse las medidas impuestas y ordenar la detención preventiva del imputado (fs. 82 a 83 vta.).
II.2. Por memorial presentado el 17 de diciembre de 2020, el impetrante de tutela interpuso recurso de apelación incidental, contra el Auto Interlocutorio de 16 de diciembre de 2020 (fs. 90 y vta.).
II.3. A través del memorial presentado el 17 de diciembre de 2020, por Carmen Leny Rodríguez Vargas –víctima–, contra el Auto Interlocutorio de 16 de diciembre del mismo año (fs. 91).
II.4. Mediante Auto de Vista 57 de 10 de febrero de 2021, emitido por Julio Nelson Alba Flores, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz –hoy demandado–, declaró admisible e improcedente la apelación interpuesta por la parte imputada; y, admisible y procedente la apelación interpuesta por el Ministerio Público y la parte civil; en consecuencia, revocó la Resolución apelada de 16 de diciembre de 2020; disponiendo se libre el correspondiente mandamiento de detención preventiva contra Franz Mostacedo Rodríguez; y, el plazo de ciento veinte días de detención preventiva (fs. 147 vta. a 151 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar
- II. Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad.
- Así, la SCP 0405/2018-S4 de 13 de agosto, concluyó señalando que: “La ponderación es el método de resolución de los conflictos entre los principios y, por tanto, no se opone a la subsunción sino a los criterios de solución de antinomías; es más antes