SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2022-S4
Fecha: 20-Jun-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra José Antonio Baldivieso Francesco –hoy accionante– por el Ministerio Público a denuncia de Joissy María Vargas Suárez –ahora tercera interesada–, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, el Juez de Sentencia Penal, Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia La Mujer Noveno de Santa Cruz, por el Auto Interlocutorio 213 de 30 de agosto de 2019, declaró fundada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, interpuesto por la defensa del imputado (fs. 719 a 723 vta.).
II.2. Contra el citado Auto Interlocutorio, por memorial presentado el 10 de octubre de 2019, el Ministerio Público, presentó recurso de apelación solicitando la revocatoria del fallo impugnado (fs. 728 a 730).
II.3. Por Auto de Vista 44 de 4 de septiembre de 2020, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz –hoy demandados– resolvieron declarar admisible y procedente la apelación incidental interpuesta por el Ministerio Público y deliberando en el fondo, revocaron el Auto Interlocutorio de 30 de agosto de 2019; en consecuencia, declararon infundado e improbado el incidente de extinción de acción penal por duración máxima del proceso solicitado por el acusado, debiendo continuar el proceso conforme a derecho hasta la dictación de la sentencia que corresponda (fs. 764 a 768 vta.).