SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2022-S3

Fecha: 22-Jun-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Consta Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/173/2018 de 1 de junio, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo del SENASAG y Sergio Luis Saucedo Languidey -hoy accionante-, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Técnico II Auxiliar de Registro de Insumos Agrícola de la Dirección Nacional del SENASAG, con un plazo de duración desde esa fecha al 31 de julio de 2018, sin lugar a la tácita reconducción (fs. 3 a 6).

II.2.    Cursa Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/180/2018 de 1 de agosto, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo del SENASAG y el accionante, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Técnico II Auxiliar de Registro de Insumos Agrícola de la Dirección Nacional del SENASAG, con un plazo de duración desde esa fecha al 31 de diciembre de 2018, sin lugar a la tácita reconducción (fs. 7 a 10).

II.3.    Consta Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/106/2019 de 2 de enero, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo del SENASAG y el accionante, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Técnico II Auxiliar de Registro de Insumos Agrícola de la Dirección Nacional del SENASAG, con un plazo de duración desde esa fecha al 31 de enero de 2019, sin lugar a la tácita reconducción (fs. 11 a 18).

II.4.    Cursa Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/244/2019 de 1 de marzo, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo del SENASAG y el accionante, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Técnico de Registro de Insumos Agrícolas de la Dirección Nacional del SENASAG, con un plazo de duración desde esa fecha al 30 de junio de 2019, sin lugar a la tácita reconducción, ni notificación de la culminación del contrato (fs. 19 a 26).

II.5.    Consta Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/423/2019 de 1 de octubre, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo del SENASAG y el accionante, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Técnico de Registro de Insumos Agrícolas I de la Dirección Nacional del SENASAG, con un plazo de duración desde esa fecha al 31 de octubre de 2019, sin lugar alguno a la tácita reconducción, ni notificación de la culminación del contrato (fs. 27 a 34).

II.6.    Cursa Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/451/2019 de 4 de noviembre, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo del SENASAG y el accionante, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Profesional Evaluador Agronómico de Registros II de la Dirección Nacional del SENASAG, con un plazo de duración desde esa fecha al 31 de diciembre de 2019, sin lugar alguno a la tácita reconducción, ni notificación de la culminación del contrato (fs. 35 a 42).

II.7.    Consta Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/121/2020 de 2 de enero, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo del SENASAG y el accionante, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Profesional Evaluador Agronómico de Registros II de la Dirección Nacional del SENASAG, con un plazo de duración desde esa fecha al 31 de diciembre de 2020, sin lugar alguno a la tácita reconducción, ni notificación de la culminación del contrato (fs. 43 a 51).

II.8.    Cursa Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/131/2021 de 4 de enero, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo a.i. del SENASAG y el accionante, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Profesional de Vigilancia General - Específica, dependiente de la Dirección Nacional del SENASAG con un plazo de duración desde esa fecha al 31 de enero de 2021, sin lugar alguno a la tácita reconducción, ni notificación de la culminación del contrato (fs. 52 a 60).

II.9.    Consta Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/317/2021 de 1 de febrero, suscrito entre el entonces Director General Ejecutivo a.i. del SENASAG y el accionante, por la cual se le contrató de forma eventual al nombrado en el cargo de Profesional de Vigilancia General - Específica, dependiente de la Dirección Nacional del SENASAG con un plazo de duración desde esa fecha al 30 de abril de 2021, sin lugar alguno a la tácita reconducción, ni notificación de la culminación del contrato (fs. 61 a 68).

II.10.  Mediante Nota presentada el 10 de mayo de 2021 dirigida a Patrick Renán Nogales Mejía, Director General Ejecutivo del SENASAG -ahora accionado-, el accionante comunicó el estado de gravidez de su esposa Escarle Córdova Dorado, específicamente con seis semanas de gestación, solicitando su inamovilidad laboral (fs. 69).

II.11.  A través del memorial presentado el 17 de mayo de 2021, el accionante solicitó a la autoridad hoy accionada, su reincorporación laboral debido al estado de gravidez de su cónyuge (fs. 74 a 75).

II.12.  A través de la Nota presentada el 18 de mayo de 2021, dirigida a “Cecilia Méndez”, Responsable Nacional Transparencia Institucional SENASAG - MDRyT, por la cual el accionante solicitó realice el seguimiento a sus peticiones de reincorporación laboral; posteriormente, mediante Nota de 4 de junio del citado año, solicitó a la autoridad ahora accionada responda a sus notas de reincorporación por inamovilidad laboral (fs. 82 a 83).

II.13. Mediante Certificado de Matrimonio celebrado entre el accionante y Escarle Córdova Dorado, expedido el 20 de mayo de 2021, celebrado el 2 de diciembre de 2019 ( fs. 99).

II.14.  Cursa Informe Legal INF/SENASAG/UNAJ 191/2021 de 10 de junio, emitido por Rosa Jasmín Suarez Ávila, Responsable Nacional de Gestión Jurídica - SENASAG, dirigido a la autoridad hoy accionada, mediante el cual y en mérito a las solicitudes de reincorporación laboral presentadas por el accionante, determinó que de la revisión del file personal del nombrado, se tiene que su última contratación fue realizada mediante Contrato Administrativo de Personal Eventual SENASAG/DN-12/317/2021, con vigencia del 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2021, lo que denota que tenía la condición de personal eventual, cuyo plazo contractual feneció en la mencionada fecha; por lo que, no goza de inamovilidad, por tales motivos sugirió negar la petición de reincorporación laboral (fs. 84 a 85).

II.15. Consta imágenes e Informe Ecográfico obstétrico temprano de la paciente Escarle Córdova Dorado, del estudio efectuado el 16 de julio de 2021, cuyo diagnóstico consigna embarazo de trece semanas y cinco días (fs. 93 a 94)