SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2022-S1
Fecha: 18-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa memorial presentado el 13 de agosto de 2021 por el Ministerio Público, donde se acusa formalmente a Jorge Ignacio Fuentes Ríos y Andrés Fernando Fuentes Ríos por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica y estelionato (fs. 9 a 13).
II.2. Consta providencia de 16 de agosto de 2021 suscrita por la autoridad jurisdiccional ahora demandada que refiere “En lo principal se tiene presente la Acusación, alternativamente remítase el presente proceso al Tribunal de Sentencia de Turno en lo Penal conforme previene el art. 53, 325.I, 340.I y II de la Ley 1173, sea con nota de cortesía y demás formalidades de ley…” [sic. (fs. 14)].
II.3. Mediante Auto Interlocutorio 592/2021 de 14 de septiembre, el Juez ahora demandado en previsión del art. 168 del CPP dejó sin efecto la providencia de 16 de agosto de 2021 y ordenó la remisión al Juzgado de Sentencia Penal de turno (fs. 62).
II.4. Cursan providencias de 3, 4 y 26 de agosto de 2021, por el que el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro designó al Juez ahora demandado para que ejerza la suplencia legal del Juzgado de Instrucción Penal Tercero de la Capital del departamento de Oruro; asimismo fotocopias del rol de audiencias del Juzgado de Instrucción Penal Cuarto del mismo en el que se advierte que entre el 11 de agosto y 3 de septiembre de 2021 se tienen programadas entre 2 y 7 audiencias por día (fs. 25 a 36).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | I. Presentado el requerimiento conclusivo de acusación, la jueza o el juez de Instrucción dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, previo sorteo a través del Sistema Informático de Gestión de Causas por la
- Artículo 325. (PRESENTACIÓN DE REQUERIMIENTO CONCLUSIVO).
- POR TANTO