SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0703/2022-S2

Fecha: 04-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa la Resolución Técnico Administrativa 314/2014 de 20 de octubre, emitida por Jenny Herbas Pozo, Directora de Recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, que en lo relevante cita: “…en fecha 06 de octubre de 2014 fue emitida la Multa por Propaganda Política N° 104/2014 contra la organización política Movimiento Sin Miedo con sigla MSM teniendo como representante a la Sra. Teodora Mónica Choque Choque Delegada Departamental, imponiendo una multa de Quine Mil Bolivianos (15.000 Bs), por haber infringido y haber hecho caso omiso de las prohibiciones establecidas en los artículos 7 y 8 de la O.M. 3494/2005.

           (…)

Multa que a la fecha no fue cumplida por la mencionada organización politica, razón por la cual se prosigue conforme a procedimiento plasmado en la Ordenanza Municipal N° 2262/98 artículo 65: ‘ante la renuencia al pago de la multa y/o la formulación de observaciones o presentación de descargos, y, vencido el término referido en el artículo anterior, se organizara el expediente debidamente foliado para su remisión a la Dirección de Trámites Administrativos de la Municipalidad, instancia encargada de la elaboración de la Resolución Técnico Administrativa’.