SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2022-S4

Fecha: 06-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta Imputación Formal de 7 de diciembre de 2020; por la cual el Fiscal de Materia imputó a Félix Richard Flores Montalvo –ahora accionante– por la presunta comisión del delito de violación con agravante, solicitando se disponga su detención preventiva por el plazo de seis meses (fs. 2 a 8).

II.2.  Mediante audiencia pública de aplicación de medidas cautelares de carácter personal de 8 de diciembre de 2020 (fs. 15 a 28 vta.), en la que el Juez de Instrucción Penal Cuarto del departamento de Oruro, emitió el Auto Interlocutorio 594/2020 de igual fecha, disponiendo la detención preventiva del hoy impetrante de tutela en el Centro Penitenciario de San Pedro de Oruro, por el tiempo de seis meses (fs. 29 a 35 vta.), decisión contra la cual el ahora solicitante de tutela formuló recurso de apelación incidental, que fue resuelto por el Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por medio del Auto de Vista 206/2020 de 16 de diciembre; por el cual ,declaró improcedente la apelación contra el Auto Interlocutorio 594/2020 y declaró parcialmente procedente el referido recurso, disponiendo como nuevo plazo de la detención preventiva tres meses (fs. 162 a 170).

II.3.  Cursa Acta de registro de audiencia pública de consideración de la situación jurídica de 8 de marzo de 2021, en la que el Juez de Instrucción Penal Cuarto del departamento de Oruro, por medio del Auto Interlocutorio 176/2021 de igual fecha, declaró procedente la cesación a la detención preventiva impuesta, aplicando medidas sustitutivas a favor del impetrante de tutela (fs. 158 a 160 vta.), determinación contra la cual el Ministerio Público y la víctima plantearon recurso de apelación, que fue resuelto por Julio Huarachi Pozo, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro –ahora demandado–, mediante Auto de Vista 74/2021 de 18 de marzo, dispuso anular el Auto Interlocutorio apelado, ordenando a la autoridad de primera instancia que una vez devuelto el cuaderno de investigaciones, en el plazo de cuarenta y ocho horas señale audiencia a objeto de resolver la situación jurídica planteada por las partes procesales (fs. 200 a 202 vta.).

II.4.  Por Resolución Constitucional 04/2021, se resolvió la acción de libertad planteada por el accionante contra el Auto de Vista 74/2021, disponiendo la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, conceder la tutela impetrada, ordenando a la autoridad demandada que dentro del plazo de veinticuatro horas convoque a audiencia y pronuncie nueva resolución (fs. 206 a 210). En cumplimiento a ese fallo, el Vocal demandado emitió el Auto de Vista 95/2021 de 7 de abril, declarando procedente el recurso de apelación planteado y revocando el Auto Interlocutorio 176/2021 de 8 de marzo, ampliando su detención preventiva por el plazo de un mes a partir de la fecha (fs. 18 a 20 vta. del Anexo).