SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2022-S2

Fecha: 04-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Auto Interlocutorio 038/2021 de 18 de febrero, Dina Jenny Larrea López, Jueza de Instrucción Penal Tercera de El Alto del departamento de La Paz -ahora demandada- aceptó la ampliación de la detención preventiva de Grover Chocopani Yujra -hoy accionante- y Javier Marcial Apaza Lipa por un plazo de treinta días; asimismo, señaló audiencia de “situación jurídica” para el 19 de marzo de 2021 a horas 9:00 (fs. 31 a 32 vta.).

II.2.    Cursa acta de 19 de febrero -lo correcto es marzo- de 2021, donde consta que Ruddy Quispe Huanca, Secretario del mencionado Juzgado informó que no se cumplieron con las “formalidades de ley”; asimismo, la autoridad jurisdiccional precisó que no habría sala virtual habilitada para llevar a cabo la audiencia señalada para esa fecha, por lo que fijó una nueva para el 22 de marzo de igual año a horas 10:00, misma que debía ser virtual mediante la plataforma Cisco Webex (fs. 35).

II.3.    Corre acta de 22 de marzo de 2021, en cuyo mérito la Jueza ahora demandada precisó que si bien se habrían cumplido con las “formalidades de ley”; sin embargo, las partes procesales no se habrían conectado a la plataforma virtual (donde debía llevarse a cabo la audiencia); por lo que fijó una nueva para el 23 de igual mes y año a horas 15:00 (fs. 36).

II.4.    Se tiene acta de 23 de marzo de 2021, en cuyo marco la Jueza referida señaló que tanto ella como el Secretario del Juzgado intentaron conectarse sin éxito a la audiencia, y siendo que dicho aspecto no es atribuible a las partes declaró “cuarto intermedio” para el 24 de igual mes y año a horas 11:00 (fs. 37); extremo con el que fue notificado abogado del hoy accionante en esa última fecha a horas 10:28 (fs. 40).

II.5.    Cursa CD en el que consta la grabación de la audiencia para resolver la situación jurídica del hoy accionante, celebrada el 24 de marzo de 2021 a horas 11:00, donde la Jueza ahora demandada determinó la persistencia de la medida cautelar de detención preventiva del prenombrado (fs. 29).