SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2022-S3
Fecha: 04-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa AS 01/2020 de 9 de enero emitido por María Cristina Díaz Sosa, Olvis Egüez Oliva, Esteban Miranda Terán, José Antonio Revilla Martínez, Marco Ernesto Jaimes Molina, Juan Carlos Berrios Albizu, Ricardo Torres Echalar y Edwin Aguayo Arando, Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia -ahora accionados- mediante el cual dispusieron la detención preventiva con fines de extradición de Edwin Zegarra Almora -hoy accionante-, determinando para el efecto que el Juez de Instrucción Penal de turno de la ciudad de Cochabamba expida “mandamiento de detención” para ser ejecutado a nivel nacional con auxilio de la INTERPOL o cualquier otro organismo policial. Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas deberán informar inmediatamente a ese Tribunal; asimismo, a los efectos del debido proceso, el Juez comisionado deberá velar porque el detenido sea expresamente notificado con la copia de la presente resolución y del mandamiento a expedirse, quedando obligado a remitir inmediatamente al Tribunal Supremo de Justicia (fs. 9 a 11).
II.2. Consta Auto de 21 de enero de 2020 emitido por Maureen Orellana Maldonado, Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Cochabamba -ahora coaccionada- dando cumplimiento al AS 01/2020, que ordenó entre otras cosas que, por Secretaría se expida mandamiento de detención preventiva con fines de extradición contra el accionante a fines de ser conducido al Centro Penitenciario San Sebastián Varones de Cochabamba, encomendando su ejecución a funcionarios de la INTERPOL o cualquier otro organismo policial, haciendo constar que dicha medida tendría vigencia hasta tanto se efectivice el trámite de extradición (fs. 13 y vta.).
II.3. Cursa Mandamiento de Detención Preventiva librado el 21 de enero de 2020 por la Jueza ahora coaccionada en cumplimiento al Auto de la misma fecha pronunciado por esa autoridad judicial, el decreto de 20 de ese mes y año emitido por el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba y el AS 01/2020 emitido por los Magistrados hoy accionados dentro la solicitud de detención preventiva con fines de extradición interpuesta por la Embajada de la República del Perú (fs. 14).
II.4. De la revisión del Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, se tiene el registro del expediente 36662-2020-74-AL concerniente a la acción de libertad interpuesta por el accionante contra los Magistrados y la Jueza ahora accionados, el cual se encuentra resuelta por la SCP 0749/2021-S4 de 26 de octubre.