SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2022-S2
Fecha: 11-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa imputación formal presentada el 21 de abril de 2021, ante la Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra la Violencia hacia las Mujeres Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, contra Dillma Tania Vargas Mancilla -ahora accionante- y otro, por la presunta comisión del delito de contribuciones y ventajas ilegitimas (fs. 17 a 20 vta.).
II.2. Mediante Auto Interlocutorio 290/2021 de 22 de abril, la aludida Jueza, dispuso las siguientes medidas cautelares personales contra la impetrante de tutela: i) Detención domiciliaria, en una vivienda verificada por personal de apoyo jurisdiccional del despacho a su cargo, sin permiso para salidas laborales; con la recomendación al Ministerio Público y al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, la verificación del cumplimiento de dicha medida; ii) Fianza económica en la suma de Bs50 000.- (cincuenta mil bolivianos); iii) Prohibición de abandonar el país y el departamento determinando su arraigo; iv) Presentación ante la Fiscalía los días lunes en el horario comprendido de 8:30 a 10:30; v) Presentación ante el aludido Juzgado los días viernes, entre los citados horarios; y, vi) Prohibición de comunicación con personeros del Ministerio de Obras Públicas, Servicio y Vivienda, y entre los imputados (fs. 22 a 26).
II.3. Cursa informe de 23 de abril de 2021, en el cual, Pablo Huanca Ramírez, personal de apoyo jurisdiccional del supra citado Juzgado, informó a la Jueza demandada, sobre la verificación del domicilio de la peticionante de tutela (fs. 28).