SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2022-s4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2022-s4

Fecha: 19-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante memorial presentado el 29 de octubre de 2020, ante el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia Primero de El Alto del departamento de La Paz, Luis Alejandro Mamani Mamani ‒ahora accionante‒ solicitó la extinción de la acción penal por máxima duración del proceso, mismo que fue respondido por decreto de 9 de noviembre de “2021” –siendo lo correcto 2020‒ (fs. 16 a 24 vta.).

II.2.  Por escrito presentado el 27 de noviembre de 2020, ante el mismo Juez de la causa, reiteró su solicitud de extinción de la acción penal por máxima duración del proceso de conformidad con lo establecido en el art. 264 del CNNA; el cual, fue respondido por providencia de 10 de diciembre de 2020 (fs. 25 a 30 vta.).

II.3.  Cursa memorial presentado el 27 de enero de 2021, ante la misma autoridad Judicial hoy demandada, nuevamente impetró la extinción de la acción penal por máxima duración del proceso de conformidad, el que fue respondido por decreto de 2 de febrero de 2021 (fs. 31 a 33 vta.).

II.4.  Nuevamente por escrito presentado el 31 de marzo de 2021, ante la misma autoridad judicial demandada, solicitó la extinción de la acción penal por máxima duración del proceso de conformidad con lo previsto en el art. 264 del CNNA, el cual fue respondido por proveído de 5 de abril de 2021 (fs. 34 a 44).

II.5.  Consta memorial presentado el 14 de abril de 2021, por el hoy impetrante de tutela, en el que refiere darse por notificado con decreto de 5 de igual mes y año, y planteando recurso de reposición bajo alternativa de apelación, el cual fue resuelto mediante providencia de 15 de abril de 2021 (fs. 45 a 47).

II.6.  Cursa fotostática legalizada del libro de altas y bajas del Juzgado a cargo de la autoridad ahora demandada, donde se establece que dicho proceso penal fue remitido en grado de apelación el 26 de noviembre de 2020, a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, cursando sello de recepción del mismo en la fecha indicada a las 11:52 (fs. 57).