SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2022-S4
Fecha: 19-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa demanda por violencia psicológica y vulneración de derechos, interpuesta ante el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia Primero del departamento de Pando el 12 de noviembre de 2020, iniciada por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra Fabiola Gemma Justiniano Méndez, Directora del Servicio Departamental de Gestión social SEDEGES y demás personal involucradas (fs. 2 a 5).
II.2. Por decreto de 30 de diciembre de 2020, el Juez del Juzgado de Familia Primero del departamento de Pando, solicitó se aclare a quienes en concreto se refiere como “personal involucrado”, sea dentro del plazo de tres días (fs. 6).
II.3. A través de memorial presentado el 2 de enero de 2021, ante el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia Primero del departamento de Pando, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia subsanó lo observando, solicitando se oficie a SEDEGES, para que remitan el nombre completo de las niñeras que se encontraban de turno el 15 de septiembre de 2020, a cargo del cuidado de ambos adolescentes víctimas en el presente proceso, la lista de las funcionarias que atiende en cada sala y personal de cocina, reservándose el derecho de ampliar la demanda (fs. 7), mereciendo el decreto de 29 de mayo de 2021; por el cual, la autoridad jurisdiccional ahora demandada, dispuso que la Directora de SEDEGES informe respecto de los nombres completos de las niñeras de turno en fecha 15 de igual mes y año, la lista de los funcionarios que atienden y como el nombre del personal de cocina, otorgando un plazo de veinticuatro horas (fs. 8).
II.4. Por Auto de 24 de marzo de 2021, la Jueza de la Niñez y Adolescencia Primero del departamento de Pando, admitió la demanda de violencia psicológica y vulneración de derechos, presentada por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, en contra de Fabiola Gemma Justiniano Méndez, Karen Añez Camacho, Milca Monasterios Arroyo, Blanca Maritza Algiro Álvarez, Irene Molina Dávalos, Desysi Castedo Anes, Claudia Ibañez Vaca, Mariela Delcy Pone; Estela Verónica Quiroga García, Merlín Domínguez Ecuari, Lourdes Aguada Macuapa y Dina Rivas Iriarte (fs. 9 y vta.).