SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2022-S4
Fecha: 21-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Ley Municipal 28/2020 de 17 de diciembre, emitida por el Concejo Municipal de Portachuelo, se declaró la incorporación al área urbanizable del Polígono “E y F”, ubicado en la jurisdicción del Municipio de Portachuelo lado Sur, terreno ubicado al lado “sub Noreste” (sic.) de la urbanización La Nueva Gran Ciudad del Urubó “Etapa 3”, con un total de ha2 229,7544.-, de las cuales ha1 810,1994.- son urbanizables; asimismo, declaró área de servidumbre ecológica y protección de Polígonos “E y F”, dejando para los bosques de protección de la ribera del rio Guendá Piraí (BP-1), de una amplitud de 1000m a partir de la orilla del río, de acuerdo a lo establecido en la Ley Forestal y la Ley de Plan Uso de Suelo para el departamento de Santa Cruz, (fs. 17 a 39).
II.2. Por Decreto Edil GMP-D-015/2020 de 23 de diciembre, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Portachuelo aceptó la solicitud de facilidades de pago presentada por Julio Novillo La Fuente, para el pago de la patente de aprobación de la urbanización “La Nueva Gran Ciudad del Urubó Polígono E y F” en doce cuotas mensuales y cuyo monto total asciende a Bs5 068 558,32.- (fs. 42 a 45 y 46).
II.3. A través de Ley Municipal 10/2021 de 19 de abril, previos los lineamientos otorgados por el Gobierno Autónomo Municipal de Portachuelo, el citado Concejo Municipal aprobó la urbanización “La Nueva Gran Ciudad del Urubó Polígono E y F”, ubicado en el municipio de Portachuelo, lado sur, el que cuenta con un total de ha2 229,7544.-, de las cuales ha1 810,1994.- son urbanizables; así también, declaró área de servidumbre ecológica y de protección del Polígono “E y F”, 100m y 20m para quebradas y arroyos, 50m para lagunas y curichis; y para el bosque de protección de la ribera del rio Guenda Piraí (BP-1) de una amplitud de 1000m a partir de la orilla del río, de acuerdo a lo establecido en la Ley Forestal y la Ley del Plan de Uso de Suelo para el Departamento de Santa Cruz, (fs. 55 a 59).
II.4. Mediante Decreto Edil GMP-D-008/2021 de 21 de abril, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Portachuelo aceptó la solicitud de facilidades de pago presentada por Julio Novillo La Fuente, para el pago de la tasa de aprobación de la urbanización “La Nueva Gran Ciudad del Urubó Polígono E y F”, en diez cuotas mensuales y cuyo monto total asciende a Bs2 295 864,85.- (fs. 60 a 63 y 64).
II.5. Por nota presentada el 10 de mayo de 2021, a la Presidencia del Concejo Municipal de Portachuelo, Milixa Karen Antelo Herrera y Diana Carolina Parada Vaca, ex Concejalas del indicado Municipio, dieron a conocer irregularidades acontecidas en la sesión ordinaria de 29 de abril de 2021, donde solicitaron la abrogación de las Leyes 01/2021 y 11/2021, por contravenir normativa medioambiental, pero que no prosperó por diferentes razones; razón por la que, solicitaron al nuevo ente colegiado, se retome el pedido de abrogación de las indicadas Leyes (fs. 77 a 79).
II.6. A través de nota presentada el 10 de mayo de 2021 a la Presidencia del Concejo Municipal de Portachuelo, Milixa Karen Antelo Herrera y Diana Carolina Parada Vaca, ex Concejalas del indicado Municipio, hicieron conocer que las actas de sesiones ordinarias del mes de abril no fueron leídas ni puestas en consideración para su respectiva aprobación, señalando que carecían de validez legal alguna; solicitaron también que se revisen las determinaciones, Resoluciones y Leyes Municipales sancionadas en el indicado mes, a efectos de consultar su validez; debido a que, no fueron aprobadas por el Concejo Municipal (fs. 80).
II.7. Mediante Ley Municipal 04/2021 de 4 de junio, el Concejo Municipal de Portachuelo abrogó, entre otra, la Ley Municipal 10/2021 de 19 de abril; mediante la cual, se aprobó la urbanización “La Nueva Gran Ciudad del Urubó Polígono E y F”, ubicado en el Municipio de Portachuelo, sado sur, bajo el fundamento que el acta 76, donde se aprobó la urbanización “La Nueva Gran Ciudad del Urubó Polígono E y F”, no cuenta con las respectivas firmas de los concejales y que permita corroborar su aprobación, la misma que no tiene validez alguna, lo que conlleva a que la Ley Municipal 10/2021, no cuente con instrumento legal que lo avale (fs. 65 a 72).