Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2022-S3
Fecha: 18-Jul-2022
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Al no existir documentación alguna se resolverá conforme a lo expresado por las partes y verificado por la Sala Constitucional.