SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2022-S2

Fecha: 28-Jul-2022

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 29 de abril de 2021, cursante de fs. 37 a 38 vta., el accionante a través de sus representantes, expresó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz emitió la Resolución 31/2021 el 1 de abril, acreditando ante esa instancia judicial que tenía un cuadro clínico de tratamiento urgente, debido a que se habría detectado una ecografía “…litiasis renal bilateral, con lito de mayor tamaño en riñón izquierdo…” (sic), situación que se complicó por lo que necesita estudios complementarios; por lo cual, autorizaron permiso temporal de viaje, con la presentación de dos garantes.

Una vez realizados los oficios, en la Dirección General de Migración (DIGEMIG) no pudo tramitar el desarraigo “…por que se contaría con otros registros de arraigo en el sistema…” (sic). Por lo que si no sale del país “perderá su vida”, situación que no está siendo atendida por la autoridad demandada que debe actuar con la mayor diligencia para el arraigo temporal.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

Señaló como lesionados sus derechos a la vida y a la libertad, sin citar ningún artículo de la Constitución Política del Estado.

I.1.3. Petitorio

Solicitó se conceda la tutela y trámite el desarraigo temporal en las fechas y tiempos señalados para que pueda salvar su vida.

I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

Celebrada la audiencia pública el 30 de abril de 2021, según consta en el acta cursante a fs. 42 y vta., se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar; destacando que: a) El Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz, “ha motivado esta resolución” (sic) y dispuso el desarraigo del ahora impetrante de tutela, desde el 25 de abril al 30 de julio de 2021, con dos garantes personales; b) La DIGEMIG indicó que está arraigado por otros procesos, y que debe cumplir con los oficios; y, c) Los arraigos provienen de otros procesos de estafa, que tiene como origen que Marcelo Mackfarlane, y el ahora peticionante de tutela “…adquieren montos económicos de distintas personas para hacer un negocio en territorio boliviano…” (sic), y cada uno de los afectados iniciaron sus procesos por su parte.

I.2.2. Informe de la demandada

Katherine Calderón Valle, Directora General de Migración, pese a su legal notificación cursante a fs. 41, no remitió informe escrito alguno ni asistió a la audiencia.

I.2.3.  Resolución

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 06/2021 de 30 de abril, cursante de fs. 43 a 44 vta., concedió la tutela solicitada, y en consecuencia ordenó que ante la existencia de otra determinación de arraigo la parte accionante a efectos de ejercer sus derechos presente ésta resolución conjuntamente con la Resolución 31/2021, y solicite el desarraigo de manera inmediata ante cualquier autoridad que hubiera impuesto el arraigo observado. Decisión asumida conforme a los siguientes fundamentos: 1) El Tribunal de Sentencia Penal Primero del mencionado departamento procedió a otorgar un permiso al ahora solicitante de tutela; y, 2) La parte demandada, no puede levantar otro arraigo dispuesto por otra autoridad jurisdiccional, y el tribunal que le concede ese beneficio no puede disponer en otras causas.