SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2022-S2

Fecha: 28-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Nota Stria. Dir. 1034/2021 de 1 de abril, dirigido al Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz -hoy demandado-, presentado el 5 de abril de 2021, José Luis Morales Del Castillo, Director del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, hizo conocer a la autoridad jurisdiccional que el privado de libertad Freddy Condori Marani -hoy accionante-, solicitó a su vez poner en conocimiento su grave estado de salud; por lo que, estaría corriendo peligro su vida, pidiendo la detención domiciliaria, acompañando a la indicada nota el informe médico así como la carta del prenombrado interno; solicitando “…lo que en Ley y derecho corresponda, precautelando el bien protegido superior que es la vida de las personas” (fs. 1).

II.2.    Según informe de 19 de enero de 2021, José Ignacio Quisbert, médico de la Dirección Departamental La Paz de Régimen Penitenciario del Centro Penitenciario San Pedro del mismo departamento, dirigido al “Juzgado que corresponda”, respecto al estado de salud del interno, Freddy Condori Marani, fue diagnosticado con gastritis, ulcera duodenal crónica, hemorroides e insuficiencia renal crónica; en el que sugiere su valoración por medicina interna y nefrología para conducta y tratamiento de su patología (fs. 2).

II.3.    Consta Auto de 6 de abril de 2021, emitida por Marco Antonio Laurenty Titirico, Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz por la que rechazó in limine la solicitud de detención domiciliara por ser manifiestamente improcedente (fs. 3 a 4).