SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2022-S3

Fecha: 21-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa certificado médico de 17 de abril de 2021, donde se certifica que Aida Luz Lorena Melean Coronado -ahora accionante- fue intervenida quirúrgicamente hace aproximadamente siete años de un “…CA de mama derecha en Cochabamba…” (sic) y que además padecería de anemia crónica, infección urinaria alta crónica y haber tenido un embarazo complicado por su enfermedad de base, solicitando por ello estudios de gabinete como mamografía de ambas mamas, laboratorio de hemograma completo, perfil renal y hepático, examen general de orina más urocultivo para el control rutinario de su enfermedad de base, recomendando reposo relativo y realización de estudios y tratamiento a la brevedad posible (fs. 2).

II.2. Consta factura del Hospital Santa Bárbara de 20 de abril de 2021 a las 8:33 horas, por concepto de “CONSULTA DE EMERGENCIAS” a la accionante (fs. 3).

II.3. Cursa Test para Triage de pacientes en emergencia realizado el 20 de abril de 2021 a la accionante, donde la misma obtuvo “TOTAL PUNTOS 25” correspondiente a riesgo alto, por lo que correspondía “TOMA DE MUESTRA, AISLAMIENTO E INTERNACIÓN DE ACUERDO A VALORACIÓN CLÍNICA” (sic [fs. 6]).

II.4. Mediante memorial de acción de libertad presentado el 20 de abril de 2021, la accionante denuncia que fue aprehendida y trasladada a la ciudad de La Paz, a pesar de hacer conocer su delicado estado de salud debido a un cuadro sintomático indicador de COVID-19, constituyéndose aquello en un riesgo para su vida, por lo que solicitó se le realice una prueba PCR y prueba de sangre para establecer la evolución de la referida enfermedad y “…determinar necesidad de cuarentena y/o aislamiento por un mínimo de 15 días” (sic) (fs. 7 a 11). Por lo que, el Juez de Ejecución Penal Cuarto de la Capital del departamento de La Paz constituido en Juez de garantías concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que en el día se realicen las pruebas PCR y otras que fueron solicitadas, “…toda vez que existen antecedentes de que su salud puede ser afectada por el virus del covid-19…” (sic) y denegó con relación “…el haber prestado la declaración con ese antecedente y respecto al aislamiento que sería consecuencia de estar confirmado su contagio del covid-19…” [sic (fs. 13)].