SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0909/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0909/2022-S3

Fecha: 21-Jul-2022

II.   CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia del GAM de Sucre y otros, contra Yassir Steven Molina Lozada -hoy impetrante de tutela- y otros, por la presunta comisión de los delitos de destrucción o deterioro de bienes del Estado y otros, por Auto Interlocutorio de 15 de marzo de 2021, la Jueza de Instrucción Penal Tercera de la Capital del departamento de Chuquisaca, en suplencia legal por turno, dispuso la libertad irrestricta del prenombrado; determinación que fue apelada por el Ministerio Público y el referido Gobierno Municipal (fs. 586 vta. a 594 vta.).

II.2.  Consta acta de audiencia pública de apelación incidental de medida cautelar de 30 de marzo de 2021 (fs. 789 a 810), en la cual Hugo Michel Lescano, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca -hoy accionado- por Auto de Vista 109/2021 declaró la: “…PROCEDENCIA PARCIAL de los recursos de apelación presentados por LOS REPRESENTANTES DEL MINISTERIO PÚBLICO, ASÍ COMO POR LA REPRESENANTE LEGAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SUCRE. REVOCANDO LA RESOLUCIÓN APELADA, y DISPONIÉNDOSE LA DETENCIÓN PREVENTIVA DEL IMPUTADO EN LA CÁRCEL PÚBLICA DE SAN ROQUE, en aplicación del Art. 237 del Código de Procedimiento Penal, detención preventiva que tiene que durar los seis meses que dure la etapa preparatoria, debiendo la Jueza A-quo, de acuerdo al cómputo de plazo de la etapa preparatoria, señalar día y hora de audiencia, para revisar la situación jurídica del ahora imputado, y verificar si todavía es necesaria la detención preventiva” (sic [fs. 811 a 837]).