SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
0485/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2022-S1

Fecha: 04-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Consta Aviso de Afiliación y Reingreso de Roxana Eliza Puerta Pinheiro             -ahora peticionante de tutela- a la CNS de 11 de enero de 2018 (fs. 18).

II.2.  El Secretario Administrativo Financiero del Gobierno Autónomo Municipal de Guayaramerín del departamento del Beni mediante Memorándum J-RR.HH.- 41/2019 de 2 de enero, comunicó a la accionante, que a partir del 2 de enero de 2019, fue designada para ocupar el cargo de limpieza I (fs. 5).

II.3.  Cursa Certificado de Atención Prenatal de la asegurada -ahora solicitante de tutela- de 21 de julio de 2020, en la que consta sus controles médicos de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del mismo año (fs. 16).

II.4.  A través de Notas de 23 de julio, 20 de agosto, 15 de septiembre, 19 de octubre, 5 de noviembre y 2 de diciembre, todo de 2020, la peticionante de tutela requirió al Secretario Administrativo y Financiero del Gobierno Autónomo Municipal de Guayaramerín del departamento del Beni, el pago de beneficios familiares por concepto de pre natalidad (fs. 6 a 11); los cuales, cuentan con el respectivo sello de recepción; de igual forma, mediante Nota de 1 de diciembre del citado año, la accionante solicitó la cancelación de natalidad correspondiente al nacimiento de su hijo AA (fs. 12); finalmente, mediante Nota de 8 de febrero de 2021. Requirió el pago de subsidio de lactancia correspondientes a los tres primeros meses de edad de su hijo AA (fs. 13).

II.5.  Mediante Papeleta de Pago de Sueldos de la impetrante de tutela, correspondiente al mes de agosto de 2020, donde se evidencia su vinculación laboral con la entidad ahora demandada (fs. 19).

II.6.  Corre Certificado de Nacimiento de AA, hijo de la peticionante de tutela, ocurrido el 3 de noviembre de 2020 (fs. 2).

II.7.  Consta Copia de Cédula de Identidad del menor AA, hijo de la accionante

          (fs. 3).

II.8.  Mediante Nota de 12 de julio de 2021, recepcionado en la fecha, la peticionante de tutela solicitó a Ángel Freddy Maimura Reina, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Guayaramerín del departamento del Beni  -ahora demandado- el pago por asignaciones familiares, que no le fueron canceladas -prenatales, natalidad y lactancia-, señalándole además, que viene reclamando dicho pago desde la anterior gestión (fs. 14 y vta.).

II.9.  A través de Nota de 19 de julio de 2021, recepcionada en la fecha, la peticionante de tutela reiteró al ahora demandado el pago de asignaciones familiares, que no le fueron canceladas, prenatales, natalidad y lactancia (fs. 15).