SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0523/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2022-S1

Fecha: 05-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:

II.1.  Consta Informe 18/2021 de 9 de marzo emitido por Alejandro Simón Sillerico Dávila, Secretario del Juzgado Público Civil y Comercial Vigesimoctavo de la Capital del departamento de La Paz, dirigido a la autoridad jurisdiccional demandada que señala: Respecto al proceso preliminar de reconocimiento de firmas y rúbricas del caso, el 26 de febrero de 2021 recibió un mensaje de wasap del celular 69966324 dentro del cual se le brindo la correspondiente información, como se lo hace en todas las llamadas y mensajes de todos los procesos que radican en el Juzgado; empero, se le derivó con el número del Auxiliar ya que su persona se encontraba gestionando el archivo de 2021 (fs. 14).

II.2.  Por Informe de 9 de marzo de 2021, Magaly Pérez Rodríguez, Auxiliar del Juzgado Público Civil y Comercial Vigesimoctavo, informó a la Jueza demandada que vienen desarrollando su trabajo bajo la modalidad de  teletrabajo, recibiendo un alto índice de llamadas que las partes realizan en el seguimiento de sus respectivos procesos, los cuales son respondidos en orden cronológico tomando cada una un promedio de tiempo adecuado en la búsqueda del expediente y de brindar información propiamente dicha a los interesados de manera oportuna, en el mismo día que es requerida; es así que, el 5 de febrero de 2021, a horas 9:53 recibió mensaje proveniente del celular 75209146 el cual solicitó se brinde información de los últimos actuados sobre el proceso antes mencionado, requerimiento que es proporcionado de forma oportuna conforme se evidencia de las fotografías impresas que adjunta (fs. 15).