SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0616/202
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/202

Fecha: 14-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Memorial de 27 de julio de 2021, Yaneth Daza Melgar -ahora accionante- solicitó al Secretario Municipal de Planificación y Organización Territorial del GAM de Trinidad -ahora demandado- la “CERTIFICACION TECNICA”, bajo los siguientes puntos: primero sobre su lote de terreno, situado en la zona Urb. María Jesús, Distrito 8, Manzana D, Av. 25 de diciembre, esquina Av. 2, Lote 6, si es que se encuentra dentro del radio urbano y segundo certifique de manera inequívoca la ubicación, colindancias, superficie del bien inmueble, en el que se encuentra poseyendo de forma libre, pacífica, continua y de buena fe, adjuntando para lo impetrado el plano de ubicación y fotocopia de cédula de identidad. Como constancia de presentación lleva sello de recibido el mismo día mes y año a horas 14:50 (fs. 3).

II.2.    Por Escrito presentado el 5 de agosto de 2021, la ahora impetrante de tutela reiteró la solicitud de 27 de julio del citado año donde pide la “CERTIFICACION TECNICA” a la autoridad demandada, llevando cargo de recepción del mismo día  a horas 15:20 (fs. 4).

II.3.    Mediante Nota de 9 de agosto de 2021, la peticionante de tutela reiteró sus solicitudes de  27 de julio, 5 de agosto ambos del citado año, llevando cargo de recepción el 9 del referido mes y año en amparo del art. 24 de la CPE (fs. 5).