SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2022-S1
Fecha: 15-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. A través de informe emitido por la autoridad demandada en audiencia de la presente acción de libertad, se tiene que el mismo señaló: a) Todo lo que la parte contraria expuso en su memorial de acción de libertad, no se corroboró por ningún elemento de prueba, siendo términos falsos; lo que ha ocurrido el 19 de abril del presente año al promediar las 11:20, es que evidentemente el ahora accionante se apersonó a su oficina en la FELCC y pidió se le informe aspectos referidos en un proceso penal que tiene en contra Erika Patricia Lema Delfín, en consecuencia, le pidió que se identifique, pero él se negó, nuevamente se le reiteró que se identifique, y le manifestó que es abogado cuando no lo es, posteriormente se le pidió que exhiba su credencial, y este retrocede aproximadamente un par de pasos y saca una billetera y de ahi también un credencial y de manera rápida lo exhibe queriendo acreditar que es abogado, cuando no es, por lo que se le negó darle más información, en ese contexto el accionante comenzó a vociferar y lanzar una serie de improperios ofensivos en su contra, sin respetar su condición de funcionario policial estaban varios de sus compañeros también cumpliendo funciones; además, golpeó de manera violenta el escritorio y eso dio lugar de que evidentemente se determine su arresto.