SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2022-S1
Fecha: 21-Jul-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Certificado Médico de 12 de abril de 2021, emitido por el profesional médico Jorge Blanco Baldivieso, con matrícula B-968, se diagnosticó que Luis Demetrio Calbimonte Vacaflores, tuvo neumonía secundaria COVID-19, y taquicardia reactiva a hipoxemia; en dicho certificado también se indicó que, el paciente necesitaba oxigeno suplementario, reposo absoluto y controles médicos diarios, además de la monitorización de la saturación y “frecuencia cardiaca por con riesgo de muerte del paciente” (sic) (fs. 2).
II.2. Por Auto Interlocutorio 267/2021 de 15 de abril, emitido por Fanny Huanaco Flores, Jueza de Sentencia Penal Cuarta de la Capital del departamento de Oruro, declaró rebelde a Luis Demetrio Calvimonte Vacaflores y otro, a quienes se les atribuye la comisión de los delitos de estafa, contratos lesivos al Estado, incumplimiento de contrato; adoptándose entre otras determinaciones, expedirse el mandamiento de aprehensión en contra de los declarados rebeldes Luis Demetrio Calvimontes Vacaflores y otro, de conformidad a lo que señala el art. 129. 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP) para que sea aprehendido y concluido a dependencias del Ministerio Público (fs. 5 y vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Se prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores.
- I. El Estado adoptará políticas públicas para la protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de las personas adultas mayores, de acuerdo con sus capacidades y posibilidades.
- POR TANTO