SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0696/2022-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0696/2022-S2

Fecha: 04-Jul-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa la Resolución C.E.U. 059/2021 de 18 de junio, emitido por la Corte Electoral Universitaria de la UAGRM, la cual es emitida en cumplimiento; por una parte, de la Resolución de 20 de mayo de 2021, emitida por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y por otra, de la Resolución 061/2021 de 9 de junio, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del indicado Tribunal; Resoluciones a través de las cuales se dejó sin efecto el art. 2.I y II de la Convocatoria 001/2021, a Claustros Universitarios de la UAGRM, aprobada mediante Resolución I.C.U. 018-2021 de 9 de abril (fs. 27 y vta.).

II.2.    Mediante memorial presentado el 25 de junio de 2021, Kenny Rosmery Saavedra Herrera -hoy accionante-, en su condición de candidata a la Dirección de la Carrera de Ingeniería Comercial de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, por el frente “24/7 ING. COMERCIAL CON VOS”, impugnó la Resolución C.E.U. 059/2021 precedentemente descrita, referida a la habilitación de la candidatura de Wilber Jacinto Justiniano Pedraza a la indicada Dirección de Carrera, a la que se presentó por el frente “Mi Carrera”, entre otros (fs. 28 a 29 vta.).

II.3.   Impugnación antedicha, resuelta por la Corte Electoral Universitaria de la UAGRM, a través de la Resolución C.E.U. 116/2021 de 30 de junio, por la cual se rechazó y declaró infundada la misma, manteniendo firme y subsistente la Resolución C.E.U. 059/2021 (fs. 67 a 70).

II.4.   Cursa en el sistema de gestión procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, el expediente signado como 40939-2021-82-AAC, emergente de la acción de amparo constitucional de Alfonso Coca Echeverría, Delegado del Consejo Universitario de Santa Cruz, contra; Benjamín Saúl Rosas Ferrufino, Rector y Presidente del Consejo Universitario de la UAGRM, resuelto por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución emitida el 20 de mayo de 2021, concediendo la tutela y dejando sin efecto el art. 2.II de la Convocatoria 001/2021; del mismo modo, se tiene el expediente signado como 40968-2021-82-AAC, de Juana Borja Saavedra y otros contra Saúl Benjamín Rosas Ferrufino, Rector y Presidente del Consejo Universitario de la UAGRM, en el cual, esta vez la Sala Constitucional Primera del mencionado Tribunal, pronunció la Resolución 061/2021 de 9 de junio, concediendo la tutela y disponiendo la no aplicación del art. 2.I de la Convocatoria 001/2021.